Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Orellana la Vieja. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06309/2022)
Bases por las que se convocan a concurso varias plazas de personal laboral fijo, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
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Ayuntamiento de Orellana la Vieja

Anuncio 6309/2022

solicitudes, se otorgarán 0,015 puntos, hasta un máximo de 9 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 9 puntos.
2.2.2. Formación: máximo 1 punto
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del
puesto al que se pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento
de Orellana la Vieja, el Instituto Nacional de Administración Públicas, otras administraciones o entidades
públicas, Organizaciones Sindicales, Colegios Profesionales o agente promotor acogido al Plan Nacional de
Formación Continua de Administraciones Públicas.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,30 puntos, hasta un máximo de 1 puntos. A estos efectos, un
crédito equivale a 10 horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya
repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de empate, se
resolverá el mismo atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 2.2.1 del mérito de antigüedad
en el Ayuntamiento de Orellana la Vieja ocupando la plaza objeto de convocatoria; si aún persistiese, la mayor
puntuación obtenida en la formación, y, por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
2.3. Criterios de acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional:
2.3.1. Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente, despreciándose
las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
2.3.2. Los servicios prestados en el Ayto de Orellana la Vieja serán aportados de oficio por el Área de Recursos
Humanos y Régimen Interior del Ayto de Orellana la Vieja, debiendo marcarse obligatoriamente "remisión a
mi expediente personal" en la solicitud de participación.
2.3.3. Los servicios prestados en otra Administración se acreditarán a través de certificado de servicios
prestados emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen efectuado, indicándose
la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y el porcentaje de duración de la jornada. Asimismo, se
aportará cualquier otra documentación justificativa de los servicios prestados que acredite la experiencia
profesional aportada.
2.3.4. Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. El
Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o
solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere
necesario.
2.4. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas
puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
2.5. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las plazas convocadas, de quienes
haya obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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