Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06195/2022)
Bases por la que se convocan a concurso plazas de personal del Grupo E, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

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documentación aportada, o solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considerenecesario.
Décimo.- Legislación.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de octubre; el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985,de 2 de abril; el Real DecretoLegislativo 781/1986, de 18 de abril;
el Real Decreto896/1991, de 7 de junio; la Ley 13/2015, de 8 de abril y el decreto 201/1995, de 26 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público;las bases de la convocatoria y, supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Décimo primera.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
1. Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si
transcurriese un mesdesde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya
sido resuelto, podrá entenderse que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgadosde lo Contencioso- Administrativo de la ciudad de Badajoz en el plazo de seis meses.
2. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la ciudad de
Badajoz, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el
Boletín Oficial de la Provinciade Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Navalvillar de Pela, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Javier Fernández Cano.

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ANEXO I
MODELO DE AUTOBAREMACIÓN DE MÉRITOS

DATOS PERSONALES
Apellidos y Nombre

DNI/NIE

EXPONE:
Que de conformidad con lo establecido en la convocatoria se aporta, junto a la instancia, manifestación de méritos
susceptibles de ser valorados en la fase de concurso del proceso selectivo, procediendo con lo señalado en la base
octava de la convocatoria a la autobaremación de los méritos.
Por todo ello,
DECLARA:
Bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos los datos consignados en el presente modelo de autobaremación
de méritos, asumiendo en caso contrario las responsabilidades a que hubiera lugar.
MÉRITOS ALEGADOS
1. Valoración de la antigüedad (Hasta un máximo de 9 puntos)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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