Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06195/2022)
Bases por la que se convocan a concurso plazas de personal del Grupo E, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Anuncio 6195/2022
La fechade referencia para la valoración de los méritosserá la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleadospúblicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicasy
más en concreto en este Ayto de Navalvillar de Pela, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia
al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este procesoexcepcional, y todo ello en
cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En relación a la experiencia profesional, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual o similardenominación a la que
se opta, los servicios prestadoscomo personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la
modalidaddel nombramiento interino/ contratación temporalo situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguientebaremo:
1. Antigüedad:
A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela ocupando la plaza objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos,
hasta un máximo de 9 puntos.
B. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela en el mismo cuerpo, escala,
categoríao equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, se otorgarán 0,03 puntos, hasta un máximo de 9 puntos
C. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,015 puntos, hasta un máximo de 9 puntos
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 9 puntos.
2. Formación:
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto al que se
pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, el
Instituto Nacional de Administración Públicas,otras administraciones o entidades públicas,Organizaciones Sindicales o
agente promotor acogido al Plan Nacional de Formación Continua de Administraciones Públicas.
Por cada 10 horas de formaciónse otorgarán 0,30 puntos, hasta un máximo de 1 puntos. A estos efectos,un crédito
equivalea 10 horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia,aunque se haya repetido su
participación y se valoraráúnicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de empate, se resolverá el mismo
atendiendo a la mayorpuntuación obtenida en el apartado1.a) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar
de Pela ocupando la plaza objeto de convocatoria; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en la formación, y, por
último, siaún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
Octava.- La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo I.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva,
en todo caso, la fijadapor el Tribunal de selección.
Se adjuntarán copia de todoslos méritos alegados para el concurso:
Informe de Vida Laboral actualizado a fecha de la convocatoria
Contratos de Trabajoo certificado de servicios prestadosen Administración Pública distinta del Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela emitido por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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La fechade referencia para la valoración de los méritosserá la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleadospúblicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicasy
más en concreto en este Ayto de Navalvillar de Pela, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia
al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este procesoexcepcional, y todo ello en
cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En relación a la experiencia profesional, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual o similardenominación a la que
se opta, los servicios prestadoscomo personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la
modalidaddel nombramiento interino/ contratación temporalo situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguientebaremo:
1. Antigüedad:
A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela ocupando la plaza objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos,
hasta un máximo de 9 puntos.
B. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela en el mismo cuerpo, escala,
categoríao equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, se otorgarán 0,03 puntos, hasta un máximo de 9 puntos
C. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,015 puntos, hasta un máximo de 9 puntos
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 9 puntos.
2. Formación:
Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto al que se
pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, el
Instituto Nacional de Administración Públicas,otras administraciones o entidades públicas,Organizaciones Sindicales o
agente promotor acogido al Plan Nacional de Formación Continua de Administraciones Públicas.
Por cada 10 horas de formaciónse otorgarán 0,30 puntos, hasta un máximo de 1 puntos. A estos efectos,un crédito
equivalea 10 horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia,aunque se haya repetido su
participación y se valoraráúnicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de empate, se resolverá el mismo
atendiendo a la mayorpuntuación obtenida en el apartado1.a) del mérito de antigüedad en el Ayuntamiento de Navalvillar
de Pela ocupando la plaza objeto de convocatoria; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en la formación, y, por
último, siaún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
Octava.- La persona candidata deberá rellenar y presentar el autobaremo del anexo I.
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva,
en todo caso, la fijadapor el Tribunal de selección.
Se adjuntarán copia de todoslos méritos alegados para el concurso:
Informe de Vida Laboral actualizado a fecha de la convocatoria
Contratos de Trabajoo certificado de servicios prestadosen Administración Pública distinta del Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela emitido por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos,
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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