Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06198/2022)
Bases por la que se convocan a concurso plazas de personal del Grupo C2, acogidas al proceso de estabilización extraordinario de empleo público
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
Anuncio 6198/2022
de Familia Numerosa, debiendo acreditarse mediante certificado o fotocopia del carné vigente de familia
numerosa expedido por el órgano competente.
B). De acuerdo con la disposición 4ª de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección
Integral a las víctimas del Terrorismo, las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo,
cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la
identificación de la víctima y, en su caso, el parentesco.
Bonificaciones.a) De acuerdo con la Ley 40/2003, de noviembre, de Protección de Familia Numerosa, artículo 12.2, a), se fija una
bonificación del 50%. Están bonificados con el 50% del importe de la tasa para las personas que formen parte de las familias
numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría general".
Esta bonificación deberá ser rogada por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma certificado o
fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederá
a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
Régimen declarativo e ingreso.El abono de tasas se realizará en régimen de autoliquidación, según modelo normalizado que acompañará a la convocatoria,
y que especificará los detalles de la declaración (Anexo 2 – Autoliquidación Tasa por derecho de examen)
4. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Cumplimentada y firmada la solicitud la persona aspirante podrá registrar por sede electrónica
(https://navalvillar.sedelectronica.es) la solicitud generada en el paso a través del archivo presentación de solicitudes o a
través del Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La documentación que sea presentada
a través de Oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y sellada por el personal de correos antes
de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas, la declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en las
presente convocatoria del anexo I cumplimentado y firmado, así como los méritos a valorar en la fase de concurso.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página Web del Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y
en la página Web del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela resolución elevando a definitiva la lista provisional
con la inclusión de los aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones,
determinando lugar, fecha y hora de inicio del procedimiento y los componentes del Tribunal de Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página Web del
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del
correspondiente anuncio en la página Web del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 11
Anuncio 6198/2022
de Familia Numerosa, debiendo acreditarse mediante certificado o fotocopia del carné vigente de familia
numerosa expedido por el órgano competente.
B). De acuerdo con la disposición 4ª de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección
Integral a las víctimas del Terrorismo, las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo,
cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior, en el que conste la
identificación de la víctima y, en su caso, el parentesco.
Bonificaciones.a) De acuerdo con la Ley 40/2003, de noviembre, de Protección de Familia Numerosa, artículo 12.2, a), se fija una
bonificación del 50%. Están bonificados con el 50% del importe de la tasa para las personas que formen parte de las familias
numerosas que tengan reconocida tal condición, clasificadas de "categoría general".
Esta bonificación deberá ser rogada por el aspirante, indicándolo en su solicitud, acompañando a la misma certificado o
fotocopia del carné vigente de familia numerosa expedido por el órgano competente.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederá
a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
Régimen declarativo e ingreso.El abono de tasas se realizará en régimen de autoliquidación, según modelo normalizado que acompañará a la convocatoria,
y que especificará los detalles de la declaración (Anexo 2 – Autoliquidación Tasa por derecho de examen)
4. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Cumplimentada y firmada la solicitud la persona aspirante podrá registrar por sede electrónica
(https://navalvillar.sedelectronica.es) la solicitud generada en el paso a través del archivo presentación de solicitudes o a
través del Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La documentación que sea presentada
a través de Oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y sellada por el personal de correos antes
de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas, la declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en las
presente convocatoria del anexo I cumplimentado y firmado, así como los méritos a valorar en la fase de concurso.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página Web del Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y
en la página Web del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela resolución elevando a definitiva la lista provisional
con la inclusión de los aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones,
determinando lugar, fecha y hora de inicio del procedimiento y los componentes del Tribunal de Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página Web del
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del
correspondiente anuncio en la página Web del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 11