Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06166/2022)
Bases proceso extraordinario de estabilización de empleo público en cumplimiento de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de plazas de Limpiador/a Instalaciones Municipales
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Ayuntamiento de Hornachos

Anuncio 6166/2022

En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección.
a) El personal que desempeñe cargos de elección o de designación política o los haya
desempeñado en los últimos dos años.
b) El personal funcionario interino o laboral temporal.
c) El personal eventual.
d) El personal directivo profesional.
e) Las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria
correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El órgano de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno de
sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Ajustará su funcionamiento a lo previsto en los artículos
97 y 98 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura -LFPE-.
Los miembros del tribunal de selección serán personalmente responsables del estricto cumplimiento de las
bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para realizar la selección y para la
publicación de sus resultados.
5.2.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas,
cuando lo consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la
especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir
actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal. Los asesores deberán
guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a
consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
5.3.- A efectos de lo dispuesto en el artículo 30 y en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio, el órgano de selección que actúe en este proceso selectivo,
tendrá la categoría que corresponda según legislación vigente.
5.4.- En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos,
se fijará la composición del órgano de selección a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la
recusación de sus miembros. La composición del órgano de selección incluirá también la de los respectivos
suplentes, que serán designados conjuntamente con los titulares. La resolución se anunciará en el tablón de
anuncios de este Ayuntamiento y en su sede electrónica.
5.5.-. Los asesores y especialistas que pudieran ser llamados por el tribunal para facilitar su labor, según el
punto 5.2 de estas bases, estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los
miembros del órgano de selección.
5.6.- No podrán formar parte del órgano de selección quienes hayan impartido cursos o trabajos para la
preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la
correspondiente convocatoria.
La Alcaldía o Concejalía delegada de Personal y Empelo podrá requerir a los miembros del órgano de
selección una declaración expresa de no encontrarse sometidos a ninguna de las causas de abstención
legalmente previstas. Igualmente, quienes incurriesen en causa de abstención deberán comunicarlo a la
Alcaldía o Concejalía delegada de Personal y Empleo en el plazo máximo de 5 días hábiles.
SEXTA. DEL CALENDARIO DEL PROCESO SELECTIVO
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de este
proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
SÉPTIMA.- SISTEMA DE SELECCIÓN

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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