Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06174/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de plazas vacantes mediante el sistema concurso, correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización. Grupo AP
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero
Anuncio 6174/2022
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederá
a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
4. El abono de las tasas se realizará atendiendo a lo siguiente:
a) Dentro del plazo de presentación de instancias, los sujetos participantes deberán realizar ingreso bancario
en Banca Pueyo ES09 0078 0023 49 4002000012, indicando en el concepto "concurso y la denominación de la
plaza".
b) La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la inadmisión del
aspirante a las pruebas selectivas.
c) A la solicitud de inscripción habrá de acompañarse, en todo caso, copia del justificante de ingreso. En el
caso de que el aspirante sea una de las personas beneficiadas por la reducción de la tarifa, deberá
presentarse la documentación que en el mismo se indica.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Torre de
Miguel Sesmero dentro del horario de atención al público de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, o también en la forma
establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten directamente su solicitud en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Torre de Miguel
Sesmero, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán remitir además a la Secretaría General
del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero copia de la solicitud vía correo
electrónico: secretaria@torredemiguelsesmero.es (correo electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Torre de
Miguel Sesmero). No obstante lo anterior, si la solicitud se ha registrado a través de la Plataforma ORVE, no será necesario el
envío de dicho correo electrónico.
La documentación que sea presentada a través de oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y
sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas, la declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en las
presente convocatoria, el anexo I cumplimentado y los méritos a valorar en la fase de concurso.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa Presidenta de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Torre
de Miguel Sesmero, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y
en la página web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero resolución elevando a definitiva la lista
provisional con la inclusión de los aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u
omisiones, determinando lugar, fecha y hora de inicio del procedimiento y los componentes del Tribunal de
Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página web del
Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del
correspondiente anuncio en la página web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederá
a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
4. El abono de las tasas se realizará atendiendo a lo siguiente:
a) Dentro del plazo de presentación de instancias, los sujetos participantes deberán realizar ingreso bancario
en Banca Pueyo ES09 0078 0023 49 4002000012, indicando en el concepto "concurso y la denominación de la
plaza".
b) La falta de pago de la tasa en el plazo señalado en el párrafo anterior, determinará la inadmisión del
aspirante a las pruebas selectivas.
c) A la solicitud de inscripción habrá de acompañarse, en todo caso, copia del justificante de ingreso. En el
caso de que el aspirante sea una de las personas beneficiadas por la reducción de la tarifa, deberá
presentarse la documentación que en el mismo se indica.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Las instancias, dirigidas a la Sra. Alcaldesa-Presidenta, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Torre de
Miguel Sesmero dentro del horario de atención al público de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, o también en la forma
establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes no presenten directamente su solicitud en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Torre de Miguel
Sesmero, y lo hagan en cualquiera de las formas y lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán remitir además a la Secretaría General
del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero copia de la solicitud vía correo
electrónico: secretaria@torredemiguelsesmero.es (correo electrónico de la Secretaría General del Ayuntamiento de Torre de
Miguel Sesmero). No obstante lo anterior, si la solicitud se ha registrado a través de la Plataforma ORVE, no será necesario el
envío de dicho correo electrónico.
La documentación que sea presentada a través de oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto y debidamente fechada y
sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento, como el
justificante del pago de las tasas, la declaración responsable acreditativa de cumplir los requisitos establecidos en las
presente convocatoria, el anexo I cumplimentado y los méritos a valorar en la fase de concurso.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa Presidenta de la Corporación dictará
resolución declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Torre
de Miguel Sesmero, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y
en la página web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero resolución elevando a definitiva la lista
provisional con la inclusión de los aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u
omisiones, determinando lugar, fecha y hora de inicio del procedimiento y los componentes del Tribunal de
Selección.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la página web del
Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de publicación del
correspondiente anuncio en la página web del Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero.
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www.dip-badajoz.es/bop
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