Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06175/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de plazas vacantes de personal funcionario de carrera, por el sistema de concurso-oposición, correspondiene a la oferta de empleo público de estabilización. Grupo C2
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 6175/2022
Constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso y fase de periodo de prácticas. Solamente se valorará la
fase de concurso a aquellas personas aspirantes que previamente superen la fase de oposición.
a) Fase de oposición (hasta un máximo de 15 puntos). Consistirá en la realización de un único ejercicio de carácter
eliminatorio, en un tiempo máximo de 90 minutos, donde se deberá resolver un supuesto teórico-práctico a elegir por cada
opositor/a entre tres supuestos. Dichos supuestos los planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio
y estarán relacionados con el contenido del temario anexo y/o las plazas objeto de esta convocatoria, dentro del marco de
dicho temario.
El ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos de manera que la suma de las calificaciones
se dividirá entre el número de los que las hubieran otorgado, siendo el cociente la calificación definitiva. El ejercicio será
ponderado a 15 puntos una vez realizada la valoración establecida anteriormente. Será preciso para superar el ejercicio
obtener una puntuación mínima de 5 puntos sobre el total de 15 de la fase de oposición. En el ejercicio se valorarán los
conocimientos generales, la claridad y orden de ideas, y la capacidad de expresión y síntesis.
El temario está recogido en el anexo III a la presente convocatoria. La normativa que expresamente se cita se considerará
referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la
normativa vigente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación cuando un ejercicio no pueda realizarse conjuntamente será el alfabético, comenzando por la persona
aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "U" de conformidad con la resolución de 9 de mayo de 2022 de la
Secretaría de Estado de Función Pública (BOE de 13-05-2022).
El desarrollo del proceso selectivo podría ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de
ejercicios, con cualquier otro que se estén celebrando en, la Diputación de Badajoz, sus Organismos Autónomos o
Consorcios.
Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de personas aspirantes presentadas con
indicación de la calificación obtenida, y podrán presentase alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones desde el
momento de su publicación, y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de
dicho anuncio. Para facilitarlo, podrán presentarlas a través del trámite "Alegaciones a pruebas selectivas" habilitado en la
sede electrónica de la Diputación de Badajoz/Trámites por delegaciones/Recursos Humanos y Régimen Interior:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1
Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el tribunal hará pública
la relación de personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la
puntuación obtenida. Quienes no figuren en la relación se considerarán excluidas.
b) Fase de concurso (hasta un máximo de 10 puntos). Consistirá en la valoración de los siguientes méritos: servicios
prestados y otros méritos.
1. Méritos valorables.
En relación a la experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios, y demás méritos, estarán referidos siempre a
la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. La "servicios prestados" y "otros méritos" correspondientes
a la Diputación de Badajoz, Organismos Autónomos, Consorcios y demás entidades vinculadas, así como los pertenecientes
a otras Administraciones Públicas, serán aportados de oficio por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, siempre y
cuando consten en el expediente personal, valorándose únicamente aquellos documentos que en el mismo figuren, para lo
cual cada persona aspirante deberá verificar previamente su contenido.
El personal en activo podrán realizar la consulta electrónica de su expediente, mediante el acceso a través del gestor de
correo web ZIMBRA/"Portal del Empleado/Expediente personal en RR.HH". Cualquier consulta o aclaración relativa al
expediente personal, podrá ser dirigida al Área de Recursos Humanos, por correo electrónico a: expediente.personal@dipbadajoz.es
Los méritos que no consten en el expediente personal, se acreditarán mediante los documentos correspondientes, que
habrán de ser aportados junto a la solicitud de admisión, de conformidad con lo establecido anteriormente en la base
cuarta, apartado 3 (presentación de la solicitud).
2. Baremación del concurso.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, en la que se tendrá en cuenta
mayoritariamente la experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter
excepcional de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, es reducir la temporalidad del
personal empleado público con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso y fase de periodo de prácticas. Solamente se valorará la
fase de concurso a aquellas personas aspirantes que previamente superen la fase de oposición.
a) Fase de oposición (hasta un máximo de 15 puntos). Consistirá en la realización de un único ejercicio de carácter
eliminatorio, en un tiempo máximo de 90 minutos, donde se deberá resolver un supuesto teórico-práctico a elegir por cada
opositor/a entre tres supuestos. Dichos supuestos los planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio
y estarán relacionados con el contenido del temario anexo y/o las plazas objeto de esta convocatoria, dentro del marco de
dicho temario.
El ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos de manera que la suma de las calificaciones
se dividirá entre el número de los que las hubieran otorgado, siendo el cociente la calificación definitiva. El ejercicio será
ponderado a 15 puntos una vez realizada la valoración establecida anteriormente. Será preciso para superar el ejercicio
obtener una puntuación mínima de 5 puntos sobre el total de 15 de la fase de oposición. En el ejercicio se valorarán los
conocimientos generales, la claridad y orden de ideas, y la capacidad de expresión y síntesis.
El temario está recogido en el anexo III a la presente convocatoria. La normativa que expresamente se cita se considerará
referida a aquella otra que pueda ser aprobada y la sustituya. En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección, la
normativa vigente el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El orden de actuación cuando un ejercicio no pueda realizarse conjuntamente será el alfabético, comenzando por la persona
aspirante cuyo primer apellido empiece por la letra "U" de conformidad con la resolución de 9 de mayo de 2022 de la
Secretaría de Estado de Función Pública (BOE de 13-05-2022).
El desarrollo del proceso selectivo podría ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización de
ejercicios, con cualquier otro que se estén celebrando en, la Diputación de Badajoz, sus Organismos Autónomos o
Consorcios.
Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de personas aspirantes presentadas con
indicación de la calificación obtenida, y podrán presentase alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones desde el
momento de su publicación, y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de
dicho anuncio. Para facilitarlo, podrán presentarlas a través del trámite "Alegaciones a pruebas selectivas" habilitado en la
sede electrónica de la Diputación de Badajoz/Trámites por delegaciones/Recursos Humanos y Régimen Interior:
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Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el tribunal hará pública
la relación de personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la
puntuación obtenida. Quienes no figuren en la relación se considerarán excluidas.
b) Fase de concurso (hasta un máximo de 10 puntos). Consistirá en la valoración de los siguientes méritos: servicios
prestados y otros méritos.
1. Méritos valorables.
En relación a la experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios, y demás méritos, estarán referidos siempre a
la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. La "servicios prestados" y "otros méritos" correspondientes
a la Diputación de Badajoz, Organismos Autónomos, Consorcios y demás entidades vinculadas, así como los pertenecientes
a otras Administraciones Públicas, serán aportados de oficio por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, siempre y
cuando consten en el expediente personal, valorándose únicamente aquellos documentos que en el mismo figuren, para lo
cual cada persona aspirante deberá verificar previamente su contenido.
El personal en activo podrán realizar la consulta electrónica de su expediente, mediante el acceso a través del gestor de
correo web ZIMBRA/"Portal del Empleado/Expediente personal en RR.HH". Cualquier consulta o aclaración relativa al
expediente personal, podrá ser dirigida al Área de Recursos Humanos, por correo electrónico a: expediente.personal@dipbadajoz.es
Los méritos que no consten en el expediente personal, se acreditarán mediante los documentos correspondientes, que
habrán de ser aportados junto a la solicitud de admisión, de conformidad con lo establecido anteriormente en la base
cuarta, apartado 3 (presentación de la solicitud).
2. Baremación del concurso.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, en la que se tendrá en cuenta
mayoritariamente la experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter
excepcional de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, es reducir la temporalidad del
personal empleado público con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la
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