Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06343/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Limpiador/a, como personal laboral mediante concurso, incluidas en el oferta de empleo público para estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdivia
Anuncio 6343/2022
puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
8.5.- Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en la plaza convocada, de quien haya
obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a la que le será adjudicada la plaza.
NOVENA.- Calendario
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
DÉCIMA.- Bolsa de Trabajo
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
DÉCIMO PRIMERA.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
11.1.- Conforme lo indicado en el punto 5 de la base octava, el Tribunal hará pública la relación de personas baremadas por
orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la adjudicación, en la plaza convocada, de quien
haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de laboral fijo de carrera de un
número superior de aspirantes al de plaza convocada, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
La persona aspirante propuesta acreditará en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
lista de seleccionados en la sede electrónica de la Entidad, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria:
Original de los documentos aportados en fotocopia con la solicitud de participación en el proceso selectivo
Certificado médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo.
Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria
mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo
96.1.b) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicios de las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran la condición
de funcionarios estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de las Administración de quien dependan, acreditando cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
11.2.- Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá adquirir la condición de personal laboral fijo,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en sus solicitudes de participación.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación obtenida, como
consecuencia de la citada anulación.
DÉCIMO SEGUNDA.- Adquisición de la condición de personal laboral fijo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de las mismas.
8.5.- Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas baremadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en la plaza convocada, de quien haya
obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a la que le será adjudicada la plaza.
NOVENA.- Calendario
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
DÉCIMA.- Bolsa de Trabajo
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
DÉCIMO PRIMERA.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
11.1.- Conforme lo indicado en el punto 5 de la base octava, el Tribunal hará pública la relación de personas baremadas por
orden de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la adjudicación, en la plaza convocada, de quien
haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de laboral fijo de carrera de un
número superior de aspirantes al de plaza convocada, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta
limitación.
La persona aspirante propuesta acreditará en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
lista de seleccionados en la sede electrónica de la Entidad, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria:
Original de los documentos aportados en fotocopia con la solicitud de participación en el proceso selectivo
Certificado médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo.
Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación
absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria
mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo
96.1.b) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al
empleo público.
Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley 53/84, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicios de las Administraciones Públicas. Quienes tuvieran la condición
de funcionarios estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su
anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de las Administración de quien dependan, acreditando cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
11.2.- Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá adquirir la condición de personal laboral fijo,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en sus solicitudes de participación.
En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante siguiente, según orden de puntuación obtenida, como
consecuencia de la citada anulación.
DÉCIMO SEGUNDA.- Adquisición de la condición de personal laboral fijo.
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