Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06275/2022)
Bases para la convocatoria de una plaza de Encargado/a de Obras en régimen de personal laboral fijo correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
Anuncio 6275/2022
temporal en otras categorías profesionales distintas a la plaza convocada se
otorgarán 0,20 puntos por mes completo, hasta un máximo de 60 puntos.
a.3. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en
plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el
de las plazas convocadas, se otorgarán 0,10 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 60 puntos.
Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la Seguridad
Social acompañado de certificados o informes de la Administración contratante que
identifiquen la categoría profesional y funciones de la plaza ocupada.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se
valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
- No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal eventual, ni
mediante contrato administrativo o de servicios los prestados, en el sector
privado.
B. Otros méritos (40 puntos máximo):
La documentación justificativa de los méritos deberá ir ordenada y numerada. Solo serán tenidos en cuenta
los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. No se
valorarán los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo. En el caso de que los documentos
aportados no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los
mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados, ni puntuados. Las certificaciones de realización de
cursos sólo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos.
Se valorarán los siguientes méritos:
B.1.- Formación (máximo 25 puntos). Los méritos por formación se acreditarán mediante
entrega de los diplomas o certificados correspondientes a los cursos alegados, que deberán
expresar el contenido de la formación y el número de horas de la misma.
- Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier Administración
Pública u otras entidades públicas o privadas, que estén relacionadas directamente con la plaza
ofertada: 0,20 puntos por cada hora de formación hasta un máximo de 40 puntos.
La justificación del apartado de formación será mediante título, diploma o certificado de la
realización del mismo, en el que conste expresamente la materia impartida y el número de
horas de duración. De no venir expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
Cuando la acreditación figure en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10
horas.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a cinco horas.
B.2.- Titulaciones académicas (máximo 15 puntos):
Hasta un máximo de 15 puntos.
Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel igual o superior
distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, por
titulación: 5 puntos.
Puntuación final:
La puntuación final que se tendrá en cuenta para establecer la prelación de aspirantes por
orden de puntuación alcanzada.
En caso de empate en la puntuación máxima total a obtener, se acudirá para deshacer el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 9
Anuncio 6275/2022
temporal en otras categorías profesionales distintas a la plaza convocada se
otorgarán 0,20 puntos por mes completo, hasta un máximo de 60 puntos.
a.3. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en
plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el
de las plazas convocadas, se otorgarán 0,10 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 60 puntos.
Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la Seguridad
Social acompañado de certificados o informes de la Administración contratante que
identifiquen la categoría profesional y funciones de la plaza ocupada.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que se
valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
- No serán tenidos en cuenta los servicios prestados como personal eventual, ni
mediante contrato administrativo o de servicios los prestados, en el sector
privado.
B. Otros méritos (40 puntos máximo):
La documentación justificativa de los méritos deberá ir ordenada y numerada. Solo serán tenidos en cuenta
los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. No se
valorarán los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo. En el caso de que los documentos
aportados no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los
mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados, ni puntuados. Las certificaciones de realización de
cursos sólo se valorarán si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos.
Se valorarán los siguientes méritos:
B.1.- Formación (máximo 25 puntos). Los méritos por formación se acreditarán mediante
entrega de los diplomas o certificados correspondientes a los cursos alegados, que deberán
expresar el contenido de la formación y el número de horas de la misma.
- Por participación en actividades de formación convocadas por cualquier Administración
Pública u otras entidades públicas o privadas, que estén relacionadas directamente con la plaza
ofertada: 0,20 puntos por cada hora de formación hasta un máximo de 40 puntos.
La justificación del apartado de formación será mediante título, diploma o certificado de la
realización del mismo, en el que conste expresamente la materia impartida y el número de
horas de duración. De no venir expresado alguno de estos extremos no podrá computarse.
Cuando la acreditación figure en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10
horas.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a cinco horas.
B.2.- Titulaciones académicas (máximo 15 puntos):
Hasta un máximo de 15 puntos.
Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel igual o superior
distintas a la requerida para el acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente, por
titulación: 5 puntos.
Puntuación final:
La puntuación final que se tendrá en cuenta para establecer la prelación de aspirantes por
orden de puntuación alcanzada.
En caso de empate en la puntuación máxima total a obtener, se acudirá para deshacer el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 9