Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar del Rey. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06333/2022)
Bases de la convocatoria para una plaza de Auxiliar Administrativo como laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición turno libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villar del Rey
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superado el segundo ejercicio y en la misma se hará constar la fecha y lugar de celebración del tercer
ejercicio, la misma será publicada en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento.
3.- Tercer ejercicio del proceso selectivo:
De carácter obligatorio y eliminatorio para todos/as los/as aspirantes que hayan superado la prueba anterior.
Este ejercicio consistirá en reproducir en un ordenador, en el plazo máximo, de 45 minutos, un documento
propuesto por el Tribunal. Utilizando el procesador de textos. Los aspirantes deberán imprimir el texto.
El Tribunal valorará la exactitud que presente el documento sobre la base de la correcta utilización de las
funciones del procesador.
Los medios informáticos serán facilitados por el Ayuntamiento de Villar del Rey.
La calificación de este ejercicio será valorada por la puntuación otorgada por cada uno de los miembros del
Tribunal con derecho a voto calculándose posteriormente la media aritmética. En el supuesto de que alguna
de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos por exceso o por defecto de la media, serán
eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos. Se considerará que no han superado el ejercicio aquellos/as
aspirantes que no hayan alcanzado una puntuación mínima de 5 puntos.
Concluidos los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de edictos y en la página
web del Ayuntamiento la relación de aspirantes presentados con indicación de la calificación obtenida, y
los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el
Tribunal hará pública la relación de aspirantes que haya alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
7.2.- Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición a la que se refiere el apartado 7.1, con la publicación de la lista definitiva de los
aspirantes que la hayan superado, se procederá por el Tribunal a la baremación de los méritos alegados por
los aspirantes, para ser valorados, de acuerdo a los criterios siguientes:
7.2.1.- Por tiempo trabajado:
- Por servicios prestados en la Administración Local en plaza igual a la ofertada, se concederán
0,04 puntos por mes de servicio efectivo hasta un máximo de 3 puntos.
- Por servicios prestados en una Administración distinta de la Local en plaza igual a la ofertada
se concederán 0,04 puntos por mes de servicio efectivo hasta un máximo de 1,5 puntos.
- Por servicios prestados en la empresa Privada en plaza igual a la ofertada, se concederán 0,02
puntos por mes de servicio efectivo hasta un máximo de 1 punto.
Para el cálculo del tiempo trabajado se sumarán todos los períodos acumulados en las distintas modalidades
puntuables y se despreciará la fracción final resultante inferior al mes.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Cuando se trate de experiencia en la Administración Local o en otra Administración, se aportará Certificado
emitido por el Secretario General o Jefe del Servicio competente para ello. Cuando se trate de experiencia en
otros ámbitos laborales, se acreditará a través del Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social
(en donde conste expresamente los períodos y grupo de cotización) más los correspondientes contratos
laborales, siendo imprescindible ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser valorada.
7.2.2.- Por formación. Se valorará en dos apartados:
Formación reglada. Se puntuará de la siguiente manera:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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superado el segundo ejercicio y en la misma se hará constar la fecha y lugar de celebración del tercer
ejercicio, la misma será publicada en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento.
3.- Tercer ejercicio del proceso selectivo:
De carácter obligatorio y eliminatorio para todos/as los/as aspirantes que hayan superado la prueba anterior.
Este ejercicio consistirá en reproducir en un ordenador, en el plazo máximo, de 45 minutos, un documento
propuesto por el Tribunal. Utilizando el procesador de textos. Los aspirantes deberán imprimir el texto.
El Tribunal valorará la exactitud que presente el documento sobre la base de la correcta utilización de las
funciones del procesador.
Los medios informáticos serán facilitados por el Ayuntamiento de Villar del Rey.
La calificación de este ejercicio será valorada por la puntuación otorgada por cada uno de los miembros del
Tribunal con derecho a voto calculándose posteriormente la media aritmética. En el supuesto de que alguna
de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos por exceso o por defecto de la media, serán
eliminadas estas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no eliminadas.
Este ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos. Se considerará que no han superado el ejercicio aquellos/as
aspirantes que no hayan alcanzado una puntuación mínima de 5 puntos.
Concluidos los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de edictos y en la página
web del Ayuntamiento la relación de aspirantes presentados con indicación de la calificación obtenida, y
los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, para hacer reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el
Tribunal hará pública la relación de aspirantes que haya alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con
indicación de la puntuación obtenida.
7.2.- Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición a la que se refiere el apartado 7.1, con la publicación de la lista definitiva de los
aspirantes que la hayan superado, se procederá por el Tribunal a la baremación de los méritos alegados por
los aspirantes, para ser valorados, de acuerdo a los criterios siguientes:
7.2.1.- Por tiempo trabajado:
- Por servicios prestados en la Administración Local en plaza igual a la ofertada, se concederán
0,04 puntos por mes de servicio efectivo hasta un máximo de 3 puntos.
- Por servicios prestados en una Administración distinta de la Local en plaza igual a la ofertada
se concederán 0,04 puntos por mes de servicio efectivo hasta un máximo de 1,5 puntos.
- Por servicios prestados en la empresa Privada en plaza igual a la ofertada, se concederán 0,02
puntos por mes de servicio efectivo hasta un máximo de 1 punto.
Para el cálculo del tiempo trabajado se sumarán todos los períodos acumulados en las distintas modalidades
puntuables y se despreciará la fracción final resultante inferior al mes.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Cuando se trate de experiencia en la Administración Local o en otra Administración, se aportará Certificado
emitido por el Secretario General o Jefe del Servicio competente para ello. Cuando se trate de experiencia en
otros ámbitos laborales, se acreditará a través del Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social
(en donde conste expresamente los períodos y grupo de cotización) más los correspondientes contratos
laborales, siendo imprescindible ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser valorada.
7.2.2.- Por formación. Se valorará en dos apartados:
Formación reglada. Se puntuará de la siguiente manera:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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