Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06191/2022)
Bases de la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Mantenedor de Edificios, por concurso-oposición
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre

Anuncio 6191/2022

Se valorará ,únicamente,una edición del curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en
cuanto a su contenido .
Solamente se tendrán en cuenta los cursos homologados impartidos por organismos públicos o entidades colaboradoras,
directamente relacionados con los cometidos del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
No se valorarán los cursos que no justifiquen sus horas de duración.
No se valorarán las prácticas para la obtención del curso objeto de baremación.
Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10 horas por cada crédito tradicional y de 25 horas
por cada crédito ECTS.

DURACIÓN

PUNTOS

Por tener el título de ESO o equivalente
Por cada 10 horas de formación específica, expedidos por cualquier Administración o cursos de
entidades colaboradoras directamente relacionados con el puesto de trabajo objeto de esta
convocatoria

5 puntos
0,10 puntos

SEPTIMA. Calificación
La puntuación final será la suma de las puntuaciones adquiridas en los distintos apartados del baremo anterior.
Finalizada la baremación del concurso y concedido un plazo de 5 días hábiles para posibles reclamaciones, resueltas las
mismas, si las hubiere, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por orden de puntuación obtenida y
elevará al Sr. Alcalde del Ayuntamiento la propuesta de nombramiento d el aspirante seleccionado que mayor puntuación
haya obtenido
En caso de que dos, o más, aspirantes obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate, serán:
1.- Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional en el Ayuntamiento de Villagarcia de la Torre.
2.- Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional en otras Administraciones Públicas.
3.- Mayor puntuación en formación.
4.- Por sorteo
OCTAVA. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos para su nombramiento o
contratación.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Los aspirantes propuestos, con excepción de aquellos que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de Villagarcia de
la Torre, deberán someterse a reconocimiento médico en Centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su
capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un
dictamen negativo, el aspirante no podrá ser nombrado o contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
En el caso de personal laboral, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público. Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los
diez días siguientes a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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