Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06191/2022)
Bases de la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Mantenedor de Edificios, por concurso-oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villagarcía de la Torre
Anuncio 6191/2022
- Realización de pequeñas obras de mantenimiento de las vías públicas.
- Mantenimiento de la piscina municipal. Depuradora
- Tractorista
- Soldador
- Actuaciones en la preparación de las fiestas patronales
- Actuaciones en el montaje de actividades culturales y deportivas.
- Cuidado y limpieza de parques, jardines y zonas de ocio.
SEGUNDA. Condiciones de admisión de aspirantes
1.- Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, será necesario reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo
de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un
Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos
establecidos en el artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente , o en condiciones de
obtenerlo al término del plazo de presentación de instancias, con arreglo a la legislación
vigente. La equivalencia u homologación de titulaciones deberá ser aportada por el aspirante,
mediante certificación expedida al efecto, por el organismo oficial competente.
2.- Las personas con alguna discapacidad, en los términos establecidos en la legislación vigente, deberán
indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas. El
Tribunal examinará y resolverá, motivadamente, tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de
los organismos competentes.
3.- Los requisitos precedentes deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral fijo de esta
Corporación. Cuando se trate de requisitos de capacidad para el desempeño de las funciones públicas
también deberán preservarse a lo largo de la carrera profesional.
4.- Quienes resulten titulares de las plazas quedarán sujetos al régimen general de incompatibilidades
establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Pública
TERCERA. Forma y plazo de presentación de instancias
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Realización de pequeñas obras de mantenimiento de las vías públicas.
- Mantenimiento de la piscina municipal. Depuradora
- Tractorista
- Soldador
- Actuaciones en la preparación de las fiestas patronales
- Actuaciones en el montaje de actividades culturales y deportivas.
- Cuidado y limpieza de parques, jardines y zonas de ocio.
SEGUNDA. Condiciones de admisión de aspirantes
1.- Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, será necesario reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo
de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un
Estado al que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos
establecidos en el artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos
por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer
funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente , o en condiciones de
obtenerlo al término del plazo de presentación de instancias, con arreglo a la legislación
vigente. La equivalencia u homologación de titulaciones deberá ser aportada por el aspirante,
mediante certificación expedida al efecto, por el organismo oficial competente.
2.- Las personas con alguna discapacidad, en los términos establecidos en la legislación vigente, deberán
indicarlo en la solicitud, precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas. El
Tribunal examinará y resolverá, motivadamente, tales peticiones pudiendo solicitar el oportuno informe de
los organismos competentes.
3.- Los requisitos precedentes deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como personal laboral fijo de esta
Corporación. Cuando se trate de requisitos de capacidad para el desempeño de las funciones públicas
también deberán preservarse a lo largo de la carrera profesional.
4.- Quienes resulten titulares de las plazas quedarán sujetos al régimen general de incompatibilidades
establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Pública
TERCERA. Forma y plazo de presentación de instancias
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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