Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (06186/2022)
Bases de la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir dos plazas de Trabajadora Social, mediante el sistema de concurso, como personal laboral fijo
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Alconchel

Anuncio 6186/2022

octubre.
2. El Tribunal será un órgano colegiado y estará formado por cinco miembros: Un residente, tresvocales y un
secretario, con voz y sin voto, y su composición atenderá al principio de presencia equilibrada entre mujeres y
hombres, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
3. La designación de los miembros del Tribunal será a título individual e incluirá la de lasrespectivas personas
suplentes. Los integrantes del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superior a las
exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
4. Para la constitución y actuación válidas del Tribunal se requerirá la presencia de la mitad más unode sus
miembros titulares o suplentes, y siempre la del/la Presidente y Secretario/a.
5. El Tribunal está facultado para resolver cualquier incidencia y para tomar los acuerdos necesariospara
llevar a buen fin el proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases o en la legislación aplicable.
Adoptará sus decisiones por mayoría de los miembros presentes, mediante votación nominal y, en caso de
empate, se repetirá la votación, en la que, si persiste el empate, éste lo decidirá la presidencia con su voto de
calidad.
6. El/la Secretario/a del Tribunal levantará acta de las sesiones que deberán ser leídas, aprobadas yfirmadas al
comienzo de cada una de ellas.
7. Los aspirantes podrán recusar a cualquiera de los miembros del Tribunal y estos deberánabstenerse de
actuar si en ellos concurre alguna de las circunstancias del artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del
Régimen Jurídico del Sector Público, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 24 de esta misma
Ley.
8. El Tribunal tendrá la categoría preceptuada en el RD 462/2002, de 24 de mayo, Indemnizacionespor razón
del servicio.
9. A iniciativa de las organizaciones sindicales que forman parte de la Mesa de Negociación, podráestar
presente en el Tribunal durante la totalidad del proceso selectivo, a excepción de a aquellos actos o fases en
los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, en su caso, antes de su realización, un
representante de cada una de ellas en calidad de observador.
10. Los acuerdos del Tribunal Calificador serán impugnables en los supuestos y en la formaestablecida en la
normativa vigente.
Séptima. Sistema selectivo y desarrollo.
La selección se realizará por el sistema de concurso de méritos: El concurso se celebrará en el lugar, día y hora que
establezca la resolución de Alcaldía por la que se aprueba la lista definitiva de los candidatos
Octava. Descripción del proceso selectivo.
La selección de los aspirantes se realizará a través del concurso de los méritos alegados.
La documentación justificativa de los méritos deberá ir ordenada y numerada. Solo serán tenidos en cuenta los méritos
adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.
No se valorarán los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo. En el caso de que los documentos aportados
no justifiquen plenamente los méritos alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se tendrán en
cuenta y no serán valorados, ni puntuados. Las certificaciones de realización de cursos sólo se valorarán si constan
acreditadas el número de horas de duración de los mismos.
El Secretario del Tribunal levantará acta de las sesiones que deberán ser leídas, aprobadas y firmadas al comienzo de cada
una de ellas. La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos apartados de la fase de concurso y
superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que por orden de puntuación obtenida de mayor a menor coincida con el
número de plazas convocadas.
Los méritos que pueden apreciarse en la fase de concurso son los que siguen, con una puntuación máxima de 10 puntos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 11