Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06270/2022)
Bases y convocatoria excepcional del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir la plaza de personal laboral de Técnico de Educación Infantil
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro

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La puntuación máxima por formación no podrá ser superior a 4 puntos.
2.3. Criterios de desempate. En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y
por este orden:
1.
2.
3.
4.

Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.2 a).
Mayor experiencia profesional en el apartado 2.2 b).
Mayor puntuación en el apartado de formación.
Por sorteo.

2.4. Criterios de acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional:
a. Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente, despreciándose las
fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
b. Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro serán aportados de oficio por el Área de
Recursos Humanos y Régimen Interior del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro, debiendo marcarse
obligatoriamente "remisión a mi expediente personal" en la solicitud de participación.
c. Los servicios prestados en otra Administración se acreditarán a través de certificado de servicios prestados
emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen efectuado, indicándose la
denominación de la plaza, el grupo de clasificación y el porcentaje de duración de la jornada. Asimismo, se
aportará cualquier otra documentación justificativa de los servicios prestados que acredite la experiencia
profesional aportada.
d. Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. El
Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o
solicitar cuantas aclaraciones o información adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere
necesario.
e. Será obligatoria la presentación del ANEXO I de la Ley 70/1978, dado por RD 1461/1982 para la valoración
de la experiencia.
2.5. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas
puntuaciones será de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las mismas.
2.6. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante, una propuesta para la cobertura en las plazas convocadas, de quienes
haya obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
OCTAVA.- CALENDARIO.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución de
este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
NOVENA.- BOLSA DE TRABAJO.
El desarrollo de la presente convocatoria no dará lugar a la creación de una bolsa de trabajo.
DÉCIMA.- RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
Una vez finalizadas el concurso de méritos, el Tribunal hará pública la relación de personas calificadas por orden de
puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para adjudicación en las plazas convocadas, de quienes haya
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