Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06270/2022)
Bases y convocatoria excepcional del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir la plaza de personal laboral de Técnico de Educación Infantil
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro
Anuncio 6270/2022
1. Desarrollo.
En relación a la experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento de Casas de
Don Pedro será aportado de oficio por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior y referido siempre a la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras Administraciones Públicas, se acreditará mediante los
documentos acreditativos que habrá de ser aportado junto a la solicitud de admisión, de conformidad con lo establecido en
lo establecido en la base cuarta, apartado 3.
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento de Casas de Don Pedro, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada
experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo
ello en cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
2.1. En relación a la experiencia profesional, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual o similar denominación a la
que se opta, los servicios prestados como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la
modalidad del nombramiento interino / contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
2.2. Méritos que se computan (máximo 10 puntos):
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
Experiencia laboral: Máximo 6 puntos
a) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro ocupando el puesto objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,45 puntos,
hasta un máximo de 6 puntos.
b) Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,01 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
La puntuación máxima por experiencia profesional no podrá ser superior a 6 puntos.
La experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opta ha de ser entendida con independencia de la vinculación
funcionarial o laboral en la que se haya prestado, acreditándose según lo dispuesto en la presente base.
2. Formación: (máximo 4 puntos)
- Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior a la requerida por el
acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente. 2 puntos.
- Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
del puesto al que se pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
Ayuntamiento de Casas de Don Pedro, el Instituto Nacional de Administración Públicas, otras
administraciones o entidades públicas, Organizaciones Sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional
de Formación Continua de Administraciones Públicas. Con un máximo de 2 puntos.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,1 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. A estos efectos, un crédito equivale
a 10 horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma denominación, aunque se haya repetido su
participación.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1. Desarrollo.
En relación a la experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento de Casas de
Don Pedro será aportado de oficio por el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior y referido siempre a la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras Administraciones Públicas, se acreditará mediante los
documentos acreditativos que habrá de ser aportado junto a la solicitud de admisión, de conformidad con lo establecido en
lo establecido en la base cuarta, apartado 3.
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento de Casas de Don Pedro, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada
experiencia al haber sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo
ello en cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
2.1. En relación a la experiencia profesional, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual o similar denominación a la
que se opta, los servicios prestados como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la
modalidad del nombramiento interino / contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
2.2. Méritos que se computan (máximo 10 puntos):
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
Experiencia laboral: Máximo 6 puntos
a) Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Casas de Don Pedro ocupando el puesto objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,45 puntos,
hasta un máximo de 6 puntos.
b) Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o
equivalente del puesto objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,01 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
La puntuación máxima por experiencia profesional no podrá ser superior a 6 puntos.
La experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opta ha de ser entendida con independencia de la vinculación
funcionarial o laboral en la que se haya prestado, acreditándose según lo dispuesto en la presente base.
2. Formación: (máximo 4 puntos)
- Por la posesión de titulaciones académicas o profesionales oficiales de nivel superior a la requerida por el
acceso al cuerpo, escala o categoría correspondiente. 2 puntos.
- Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
del puesto al que se pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el
Ayuntamiento de Casas de Don Pedro, el Instituto Nacional de Administración Públicas, otras
administraciones o entidades públicas, Organizaciones Sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional
de Formación Continua de Administraciones Públicas. Con un máximo de 2 puntos.
Por cada 10 horas de formación se otorgarán 0,1 puntos, hasta un máximo de 2 puntos. A estos efectos, un crédito equivale
a 10 horas.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma denominación, aunque se haya repetido su
participación.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de duración.
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