Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas (Montijo). Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06302/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Conductor-Mecánico, personal laboral fijo, incluida en el proceso de estabilización
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Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas
Anuncio 6302/2022
del proceso selectivo.
Séptima.- Resolución de la convocatoria y constitución de lista de espera: Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación (precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de
plazas vacantes convocadas) y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, siendo publicada dicha relación el
Boletín Oficial de la Provincia y en la Sede Electrónica, debiendo el aspirante propuesto acreditar, en el plazo de veinte días
hábiles siguientes al de la publicación, que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y que tiene
capacidad funcional para el desempeño de las tareas, aportando:
1. El Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la
nacionalidad. El documento que se presente deberá encontrarse en vigor. En el caso de aspirantes que hayan
concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del/de
la español/a o nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado/a de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a o personal laboral fijo en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. Asimismo, declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en alguna de las
causas legales de incapacidad o incompatibilidad. Quien no tenga la nacionalidad española deberá presentar
una declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
3. Titulación exigida en las bases específicas, o justificante del abono de las tasas para su expedición. Los
aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar la documentación acreditativa de su
homologación o convalidación. Los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho
Comunitario deberán acreditar dicho reconocimiento.
4. Acreditación documental de otros requisitos específicos exigidos, en su caso, para el desempeño del puesto
adjudicado.
5. La capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza se acreditará mediante
certificado médico expedido por los servicios médicos determinados por la Institución convocante en el que
se acredite que el aspirante posee la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y que no se padece
enfermedad o limitación física o psíquica que impida ese desempeño. A tal efecto, las personas seleccionadas
se someterán a las pruebas y reconocimientos médicos oportunos. La negativa a realizar dichas pruebas
supondrá la exclusión del proceso selectivo.
6. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el expediente de personal de la Mancomunidad I.
de Servicios Vegas Bajas, en cuyo caso bastará su alegación en plazo para ser tenidos en cuenta. Corresponde
a cada participante el análisis del contenido de su expediente de personal y la comprobación de que en el
mismo constan los documentos originales o copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de
participación en el proceso selectivo.
En todo caso, la Mancomunidad I. de Servicios Vegas Bajas confeccionará un certificado de servicios previos con referencia a
la fecha de finalización del plazo de finalización de instancias para cada uno de los aspirantes que presten servicios en dicha
Administración y concurran al proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
La elección de destinos se efectuará según el orden en el que las personas seleccionadas se encuentren en la clasificación
definitiva del proceso selectivo. A estos efectos, al finalizar el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán
todas y todos los candidatos que hayan superado el concurso-oposición, ordenados por la puntuación total obtenida. No
obstante, si las plazas a ofertar fueran distintas dotaciones del mismo puesto o, siendo puestos distintos, sus características
fueran iguales o similares, se prescindirá del trámite de elección de destinos y la propuesta del Tribunal Calificador dará
lugar, sin más trámites, a la relación provisional de personas seleccionadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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del proceso selectivo.
Séptima.- Resolución de la convocatoria y constitución de lista de espera: Concluida la calificación, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación (precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de
plazas vacantes convocadas) y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación, siendo publicada dicha relación el
Boletín Oficial de la Provincia y en la Sede Electrónica, debiendo el aspirante propuesto acreditar, en el plazo de veinte días
hábiles siguientes al de la publicación, que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y que tiene
capacidad funcional para el desempeño de las tareas, aportando:
1. El Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el pasaporte o cualquier documento acreditativo de la
nacionalidad. El documento que se presente deberá encontrarse en vigor. En el caso de aspirantes que hayan
concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles/as o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del/de
la español/a o nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado/a de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario/a o personal laboral fijo en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. Asimismo, declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en alguna de las
causas legales de incapacidad o incompatibilidad. Quien no tenga la nacionalidad española deberá presentar
una declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
3. Titulación exigida en las bases específicas, o justificante del abono de las tasas para su expedición. Los
aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar la documentación acreditativa de su
homologación o convalidación. Los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho
Comunitario deberán acreditar dicho reconocimiento.
4. Acreditación documental de otros requisitos específicos exigidos, en su caso, para el desempeño del puesto
adjudicado.
5. La capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza se acreditará mediante
certificado médico expedido por los servicios médicos determinados por la Institución convocante en el que
se acredite que el aspirante posee la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y que no se padece
enfermedad o limitación física o psíquica que impida ese desempeño. A tal efecto, las personas seleccionadas
se someterán a las pruebas y reconocimientos médicos oportunos. La negativa a realizar dichas pruebas
supondrá la exclusión del proceso selectivo.
6. No será preciso aportar los documentos que ya obren en el expediente de personal de la Mancomunidad I.
de Servicios Vegas Bajas, en cuyo caso bastará su alegación en plazo para ser tenidos en cuenta. Corresponde
a cada participante el análisis del contenido de su expediente de personal y la comprobación de que en el
mismo constan los documentos originales o copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de
participación en el proceso selectivo.
En todo caso, la Mancomunidad I. de Servicios Vegas Bajas confeccionará un certificado de servicios previos con referencia a
la fecha de finalización del plazo de finalización de instancias para cada uno de los aspirantes que presten servicios en dicha
Administración y concurran al proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no acreditasen dichos requisitos o de la
documentación no se dedujese su cumplimiento, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
La elección de destinos se efectuará según el orden en el que las personas seleccionadas se encuentren en la clasificación
definitiva del proceso selectivo. A estos efectos, al finalizar el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán
todas y todos los candidatos que hayan superado el concurso-oposición, ordenados por la puntuación total obtenida. No
obstante, si las plazas a ofertar fueran distintas dotaciones del mismo puesto o, siendo puestos distintos, sus características
fueran iguales o similares, se prescindirá del trámite de elección de destinos y la propuesta del Tribunal Calificador dará
lugar, sin más trámites, a la relación provisional de personas seleccionadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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