Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06256/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de auxiliar administrativo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara
Anuncio 6256/2022
Para la constitución y actuación válidas del tribunal se requerirá la presencia de la mitad más uno de sus miembros titulares
o suplentes, y siempre la del Presidente y Secretario.
El Tribunal estará facultado para resolver cualquier incidencia y adoptar los acuerdos necesarios para llevar a buen fin el
proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases o en la legislación aplicable. Adoptará sus decisiones por mayoría de
los miembros presentes, mediante votación nominal, y en caso de empate, se repetirá la votación, en la que, si persistiere el
empate, éste lo decidirá la presidencia con su voto de calidad.
El Secretario del Tribunal levantará acta de cada una de las sesiones, en su caso, que deberán ser aprobadas y firmadas al
comienzo de cada una de ellas. El acta final en la que figurará la propuesta de nombramiento deberá ser firmada por todas
las personas componentes del Tribunal.
El Tribunal tendrá la categoría tercera conforme a lo preceptuado en el RD 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones
por razón del servicio.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos. Procedimiento de selección.
El sistema de selección será el concurso-oposición.
La valoración de la fase de oposición será del sesenta por ciento y la del concurso será del cuarenta por ciento de la
puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o
equivalente de que se trate.
La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado, determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, por lo que quedará
excluido del proceso selectivo.
L@s opositor@s serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, según el orden de Reglamento general de
ingreso de personal al servicio de la Administración del Estado, iniciándose por los aspirantes cuyo apellido comience por la
letra "H", siendo excluidos/as de la oposición quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su personalidad, a cuyo fin
deberán ir provistos del documento nacional de identidad.
6.1. Fase de oposición:
Tendrá una puntuación del 60% sobre la puntuación total de esta convocatoria (6 puntos sobre 10 posibles).
Esta fase está compuesta de una prueba teórica y otra práctica, que evaluarán el conocimiento, el desempeño y la calidad de
las tareas propuestas de las personas candidatas, conforme a los siguientes criterios de baremación:
a) Prueba teórica (Máximo 3 puntos). Consistirá en la realización de un test de 30 preguntas con tres o cuatro
respuestas alternativas. Las preguntas respondidas erróneamente no restarán.
b) Prueba práctica (Máximo 3 puntos). Consistirá en la ejecución de un ejercicio relativo al conocimiento y
ejecución de una tarea relacionada con el puesto de trabajo. Se valorará, la correcta ejecución de la tarea, el
conocimiento y manejo de las herramientas y la calidad final del trabajo ejecutado.
El tiempo de desarrollo es de 60 minutos como máximo por cada prueba.
La calificación de la fase de oposición viene determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
ejercicios primero y segundo.
c) De acuerdo con lo establecido en el art. 2.4 de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, no superar la fase de oposición, en ningún caso
será eliminatoria y por lo tanto podrá ser valorada la fase de concurso.
6.2. Fase concurso:
Tendrá una puntuación del 40% sobre la puntuación total de esta convocatoria (4 puntos sobre 10 posibles).
Los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Para la constitución y actuación válidas del tribunal se requerirá la presencia de la mitad más uno de sus miembros titulares
o suplentes, y siempre la del Presidente y Secretario.
El Tribunal estará facultado para resolver cualquier incidencia y adoptar los acuerdos necesarios para llevar a buen fin el
proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases o en la legislación aplicable. Adoptará sus decisiones por mayoría de
los miembros presentes, mediante votación nominal, y en caso de empate, se repetirá la votación, en la que, si persistiere el
empate, éste lo decidirá la presidencia con su voto de calidad.
El Secretario del Tribunal levantará acta de cada una de las sesiones, en su caso, que deberán ser aprobadas y firmadas al
comienzo de cada una de ellas. El acta final en la que figurará la propuesta de nombramiento deberá ser firmada por todas
las personas componentes del Tribunal.
El Tribunal tendrá la categoría tercera conforme a lo preceptuado en el RD 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones
por razón del servicio.
Sexta. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos. Procedimiento de selección.
El sistema de selección será el concurso-oposición.
La valoración de la fase de oposición será del sesenta por ciento y la del concurso será del cuarenta por ciento de la
puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o
equivalente de que se trate.
La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado, determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, por lo que quedará
excluido del proceso selectivo.
L@s opositor@s serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, según el orden de Reglamento general de
ingreso de personal al servicio de la Administración del Estado, iniciándose por los aspirantes cuyo apellido comience por la
letra "H", siendo excluidos/as de la oposición quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su personalidad, a cuyo fin
deberán ir provistos del documento nacional de identidad.
6.1. Fase de oposición:
Tendrá una puntuación del 60% sobre la puntuación total de esta convocatoria (6 puntos sobre 10 posibles).
Esta fase está compuesta de una prueba teórica y otra práctica, que evaluarán el conocimiento, el desempeño y la calidad de
las tareas propuestas de las personas candidatas, conforme a los siguientes criterios de baremación:
a) Prueba teórica (Máximo 3 puntos). Consistirá en la realización de un test de 30 preguntas con tres o cuatro
respuestas alternativas. Las preguntas respondidas erróneamente no restarán.
b) Prueba práctica (Máximo 3 puntos). Consistirá en la ejecución de un ejercicio relativo al conocimiento y
ejecución de una tarea relacionada con el puesto de trabajo. Se valorará, la correcta ejecución de la tarea, el
conocimiento y manejo de las herramientas y la calidad final del trabajo ejecutado.
El tiempo de desarrollo es de 60 minutos como máximo por cada prueba.
La calificación de la fase de oposición viene determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
ejercicios primero y segundo.
c) De acuerdo con lo establecido en el art. 2.4 de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, no superar la fase de oposición, en ningún caso
será eliminatoria y por lo tanto podrá ser valorada la fase de concurso.
6.2. Fase concurso:
Tendrá una puntuación del 40% sobre la puntuación total de esta convocatoria (4 puntos sobre 10 posibles).
Los méritos alegados y acreditados por las personas aspirantes, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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