Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06346/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Trabajadores/as Sociales, personal laboral fijo, en turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso extraordinario de estabilización
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 6346/2022
Máximo 1 punto.
Documentos justificativos: Este extremo se justificará por el aspirante, mediante certificado acreditativo de los mismos,
certificados de empresa, o contratos acompañados con informe de vida laboral actualizado, que deberán presentarse junto
con la solicitud.
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Por cursos de perfeccionamiento, congresos y jornadas que complemente las competencias del empleado público, o que se
encuentren relacionados directamente o con el puesto de trabajo de Trabajador/a Social a cubrir.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Solo se tendrán en cuenta los cursos homologados impartidos por organismos públicos, o entidades colaboradoras,
directamente relacionados con los cometidos del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
La puntuación máxima en este apartado será de: 1 puntos.
Duración: Por cada 10 horas de formación específica tanto impartida como recibida: (Cursos de perfeccionamiento, masters,
congresos y jornadas) incluidos en los planes de formación continua de las Administraciones Públicas, o cursos de
organismos públicos o entidades colaboradoras, públicas o privadas, directamente relacionada con el puesto de trabajo
objeto de esta convocatoria, en el sumatorio del cálculo global, computándose proporcionalmente las fracciones de
duración inferior.
A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas para la obtención del curso objeto de baremación.
Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10 horas por cada crédito tradicional y de 25 horas por
cada crédito ECT.
Puntos: 0,10 puntos
Documentos justificativos: Este extremo se justificará por el aspirante, mediante Copia compulsada del diploma de
asistencia al curso en el que figure el nombre de la persona, en calidad de alumno activo, o docente, y el número de horas
de duración, o certificado de la entidad organizadora.
No se valorarán los cursos que no justifiquen sus horas de duración.
ANEXO III
FUNCIONES A DESEMPEÑAR POR LOS TRABAJADORES/AS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GUAREÑA
De conformidad con la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, compete a los Trabajadores Sociales
de los Servicios Sociales de Atención Social Básica las siguientes funciones:
a) Ofrecer información, orientación y asesoramiento social a las personas, familias y grupos sociales en relación a las
prestaciones de servicios sociales.
b) Acometer actuaciones preventivas a nivel individual, grupal y/o comunitario, actuando sobre factores de riesgo que
generan las necesidades sociales.
c) Detectar, valorar, diagnosticar situaciones de necesidad personal y/o familiar, así como elaborar el plan de atención social
al efecto.
d) Realizar el seguimiento del plan de atención social y desarrollar aquellas intervenciones que les sean propias en función
de las prestaciones de servicios sociales que el catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales, les atribuye.
e) Poner en conocimiento de la autoridad judicial o administrativa competente, las situaciones personales de aquellas
personas usuarias de los servicios sociales, cuya actividad o conducta represente graves riesgos, previsibles o inminentes,
para su integridad física o de las otras personas, pudiendo proponer a la autoridad competente la limitación cautelar de su
capacidad, en los supuestos previstos legalmente. Para ello se llevarán a cabo las medidas de coordinación que fueran
necesarias con aquellas Administraciones Públicas con competencias relacionadas con la actividad o conducta de estas
personas.
f) Organizar, gestionar, coordinar y evaluar las prestaciones que el catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales les
atribuye, así como colaborar con los servicios sociales de atención especializada en la forma que se determine
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Máximo 1 punto.
Documentos justificativos: Este extremo se justificará por el aspirante, mediante certificado acreditativo de los mismos,
certificados de empresa, o contratos acompañados con informe de vida laboral actualizado, que deberán presentarse junto
con la solicitud.
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Por cursos de perfeccionamiento, congresos y jornadas que complemente las competencias del empleado público, o que se
encuentren relacionados directamente o con el puesto de trabajo de Trabajador/a Social a cubrir.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean varias
coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Solo se tendrán en cuenta los cursos homologados impartidos por organismos públicos, o entidades colaboradoras,
directamente relacionados con los cometidos del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
La puntuación máxima en este apartado será de: 1 puntos.
Duración: Por cada 10 horas de formación específica tanto impartida como recibida: (Cursos de perfeccionamiento, masters,
congresos y jornadas) incluidos en los planes de formación continua de las Administraciones Públicas, o cursos de
organismos públicos o entidades colaboradoras, públicas o privadas, directamente relacionada con el puesto de trabajo
objeto de esta convocatoria, en el sumatorio del cálculo global, computándose proporcionalmente las fracciones de
duración inferior.
A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas para la obtención del curso objeto de baremación.
Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será de 10 horas por cada crédito tradicional y de 25 horas por
cada crédito ECT.
Puntos: 0,10 puntos
Documentos justificativos: Este extremo se justificará por el aspirante, mediante Copia compulsada del diploma de
asistencia al curso en el que figure el nombre de la persona, en calidad de alumno activo, o docente, y el número de horas
de duración, o certificado de la entidad organizadora.
No se valorarán los cursos que no justifiquen sus horas de duración.
ANEXO III
FUNCIONES A DESEMPEÑAR POR LOS TRABAJADORES/AS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE GUAREÑA
De conformidad con la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, compete a los Trabajadores Sociales
de los Servicios Sociales de Atención Social Básica las siguientes funciones:
a) Ofrecer información, orientación y asesoramiento social a las personas, familias y grupos sociales en relación a las
prestaciones de servicios sociales.
b) Acometer actuaciones preventivas a nivel individual, grupal y/o comunitario, actuando sobre factores de riesgo que
generan las necesidades sociales.
c) Detectar, valorar, diagnosticar situaciones de necesidad personal y/o familiar, así como elaborar el plan de atención social
al efecto.
d) Realizar el seguimiento del plan de atención social y desarrollar aquellas intervenciones que les sean propias en función
de las prestaciones de servicios sociales que el catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales, les atribuye.
e) Poner en conocimiento de la autoridad judicial o administrativa competente, las situaciones personales de aquellas
personas usuarias de los servicios sociales, cuya actividad o conducta represente graves riesgos, previsibles o inminentes,
para su integridad física o de las otras personas, pudiendo proponer a la autoridad competente la limitación cautelar de su
capacidad, en los supuestos previstos legalmente. Para ello se llevarán a cabo las medidas de coordinación que fueran
necesarias con aquellas Administraciones Públicas con competencias relacionadas con la actividad o conducta de estas
personas.
f) Organizar, gestionar, coordinar y evaluar las prestaciones que el catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales les
atribuye, así como colaborar con los servicios sociales de atención especializada en la forma que se determine
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