Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06346/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Trabajadores/as Sociales, personal laboral fijo, en turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso extraordinario de estabilización
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Ayuntamiento de Guareña
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reglamentariamente.
g) Desarrollar un conjunto de actuaciones articuladas en torno a las personas, los grupos y la comunidad, orientadas al
desarrollo socio-comunitario, que actúen en la promoción de las capacidades sociales y en la acción contra todo tipo de
relaciones de dependencia y exclusión, ya sean generando estrategias de cohesión o en la eliminación de los factores
generadores de desigualdad.
h) Desarrollar actuaciones de sensibilización social, fomentar la participación social en el desarrollo de la vida comunitaria,
promocionar el voluntariado y fomentar el trabajo en red con las instituciones y organizaciones que intervienen en su
ámbito territorial.
i) Colaborar con las unidades y órganos de la administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de las funciones de
autorización, acreditación e inspección en materia de servicios sociales.
j) Coordinar y complementar las intervenciones con las prestaciones que ofrece el sistema público, así como los que ofrecen
otros sistemas de protección social, en especial, el sistema sanitario, promoviendo y desarrollando la coordinación
sociosanitaria.
k) Participar en los órganos que, en materia de servicios sociales, así como en otras materias como la salud, la educación, la
vivienda y el empleo, se creen en su ámbito territorial, conforme se determine reglamentariamente.
l) Cualquier otra función que se les atribuya legal o reglamentariamente.
Otras funciones son:
Función preventiva: Actuación precoz sobre las causas que generan problemáticas individuales y colectivas, derivadas de las
relaciones humanas y del entorno social. Elaborar y ejecutar proyectos de intervención para grupos de población en
situaciones de riesgo social y de carencia de aplicación de los derechos humanos.
Función de atención directa: Responde a la atención de individuos o grupos que presentan o están en riesgo de presentar,
problemas de índole social. Su objeto será potenciar el desarrollo de las capacidades y facultades de las personas para
afrontar por sí mismas futuros problemas e integrarse satisfactoriamente en la vida social.
Función de planificación. Es la acción de ordenar y conducir un plan de acuerdo con unos objetivos propuestos, contenidos
en un programa determinado mediante un proceso de análisis de la realidad y del cálculo de las probables evoluciones de la
misma. Esta función se puede desarrollar en dos niveles:
Nivel microsocial: se comprende el diseño de tratamientos, intervenciones y proyectos sociales.
Nivel macrosocial: que comprende el diseño de programas y servicios sociales.
Función docente. Impartir enseñanzas teóricas y prácticas de trabajo social y de servicios sociales, tanto en las propias
escuelas de trabajo social como en otros ámbitos académicos. Contribuir a la formación teórico-práctica pregrado y
postgrado de alumnos/as de trabajo social y de otras disciplinas afines. Los diplomados en trabajo social/asistentes sociales
son los profesionales idóneos para impartir la docencia en materias de trabajo social y servicios sociales.
Función de promoción. Se realiza mediante actuaciones encaminadas a restablecer, conservar y mejorar las capacidades, la
facultad de autodeterminación y el funcionamiento individual o colectivo. Diseñar e implementar las políticas sociales que
favorezcan la creación y reajuste de servicios y recursos adecuados para la cobertura de necesidades sociales.
Función de mediación. En la función de mediación el trabajador social/ asistente social actúa como catalizador, posibilitando
la unión de las partes implicadas en el conflicto con el fin de posibilitar con su intervención que sean los propios interesados
quienes logren la resolución del mismo.
Función de supervisión. Ejercer el control de las tareas realizadas por los profesionales, trabajadores sociales y miembros de
otras profesiones que ejerzan sus funciones en departamentos o servicios de trabajo social.
Función de evaluación. Contrastar los resultados obtenidos en las distintas actuaciones, en relación con los objetivos
propuestos, teniendo en cuenta técnicas, medios y tiempos empleados. Asegurar la dialéctica de la intervención. Indicar los
errores y disfunciones en lo realizado y permitir proponer nuevos objetivos y nuevas formas de conseguirlos. Favorecer las
aportaciones teóricas del trabajo social.
Función gerencial. Se desarrolla cuando el trabajador social tiene responsabilidades en la planificación de centros,
organización, dirección y control de programas sociales y servicios sociales.
Responsable del seguimiento de los contratos vinculados al servicio (servicio de ayuda a domicilio, Ley de dependencia,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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reglamentariamente.
g) Desarrollar un conjunto de actuaciones articuladas en torno a las personas, los grupos y la comunidad, orientadas al
desarrollo socio-comunitario, que actúen en la promoción de las capacidades sociales y en la acción contra todo tipo de
relaciones de dependencia y exclusión, ya sean generando estrategias de cohesión o en la eliminación de los factores
generadores de desigualdad.
h) Desarrollar actuaciones de sensibilización social, fomentar la participación social en el desarrollo de la vida comunitaria,
promocionar el voluntariado y fomentar el trabajo en red con las instituciones y organizaciones que intervienen en su
ámbito territorial.
i) Colaborar con las unidades y órganos de la administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de las funciones de
autorización, acreditación e inspección en materia de servicios sociales.
j) Coordinar y complementar las intervenciones con las prestaciones que ofrece el sistema público, así como los que ofrecen
otros sistemas de protección social, en especial, el sistema sanitario, promoviendo y desarrollando la coordinación
sociosanitaria.
k) Participar en los órganos que, en materia de servicios sociales, así como en otras materias como la salud, la educación, la
vivienda y el empleo, se creen en su ámbito territorial, conforme se determine reglamentariamente.
l) Cualquier otra función que se les atribuya legal o reglamentariamente.
Otras funciones son:
Función preventiva: Actuación precoz sobre las causas que generan problemáticas individuales y colectivas, derivadas de las
relaciones humanas y del entorno social. Elaborar y ejecutar proyectos de intervención para grupos de población en
situaciones de riesgo social y de carencia de aplicación de los derechos humanos.
Función de atención directa: Responde a la atención de individuos o grupos que presentan o están en riesgo de presentar,
problemas de índole social. Su objeto será potenciar el desarrollo de las capacidades y facultades de las personas para
afrontar por sí mismas futuros problemas e integrarse satisfactoriamente en la vida social.
Función de planificación. Es la acción de ordenar y conducir un plan de acuerdo con unos objetivos propuestos, contenidos
en un programa determinado mediante un proceso de análisis de la realidad y del cálculo de las probables evoluciones de la
misma. Esta función se puede desarrollar en dos niveles:
Nivel microsocial: se comprende el diseño de tratamientos, intervenciones y proyectos sociales.
Nivel macrosocial: que comprende el diseño de programas y servicios sociales.
Función docente. Impartir enseñanzas teóricas y prácticas de trabajo social y de servicios sociales, tanto en las propias
escuelas de trabajo social como en otros ámbitos académicos. Contribuir a la formación teórico-práctica pregrado y
postgrado de alumnos/as de trabajo social y de otras disciplinas afines. Los diplomados en trabajo social/asistentes sociales
son los profesionales idóneos para impartir la docencia en materias de trabajo social y servicios sociales.
Función de promoción. Se realiza mediante actuaciones encaminadas a restablecer, conservar y mejorar las capacidades, la
facultad de autodeterminación y el funcionamiento individual o colectivo. Diseñar e implementar las políticas sociales que
favorezcan la creación y reajuste de servicios y recursos adecuados para la cobertura de necesidades sociales.
Función de mediación. En la función de mediación el trabajador social/ asistente social actúa como catalizador, posibilitando
la unión de las partes implicadas en el conflicto con el fin de posibilitar con su intervención que sean los propios interesados
quienes logren la resolución del mismo.
Función de supervisión. Ejercer el control de las tareas realizadas por los profesionales, trabajadores sociales y miembros de
otras profesiones que ejerzan sus funciones en departamentos o servicios de trabajo social.
Función de evaluación. Contrastar los resultados obtenidos en las distintas actuaciones, en relación con los objetivos
propuestos, teniendo en cuenta técnicas, medios y tiempos empleados. Asegurar la dialéctica de la intervención. Indicar los
errores y disfunciones en lo realizado y permitir proponer nuevos objetivos y nuevas formas de conseguirlos. Favorecer las
aportaciones teóricas del trabajo social.
Función gerencial. Se desarrolla cuando el trabajador social tiene responsabilidades en la planificación de centros,
organización, dirección y control de programas sociales y servicios sociales.
Responsable del seguimiento de los contratos vinculados al servicio (servicio de ayuda a domicilio, Ley de dependencia,
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