Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06356/2022)
Bases de la convocatoria, para cubrir una plaza de Encargado de Obras, personal laboral fijo sistema concurso, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Llera
Anuncio 6356/2022
(titulación, formación, cursos…), de acuerdo con los baremos que figuran a continuación.
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. El Tribunal de Selección
se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar cuantas aclaraciones o
información adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso selectivo, y que
consten relacionados en el anexo 1 aportado junto a la instancia, así como la documentación acreditativa de los mismos de
acuerdo con la base tercera.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido
ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la
doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
A. Servicios prestados (6 puntos máximo).
A.1. Por cada mes completo de antigüedad en el Ayuntamiento de Llera, ocupando la plaza objeto de la convocatoria hasta
la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
A.2. Por cada mes completo de antigüedad en el Ayuntamiento de Llera, ocupando otras plazas distintas a las convocadas
hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,05 puntos, hasta un máximo de 6
puntos.
A.3. Por cada mes de antigüedad en cualquier administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente de
la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,025
puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
La puntuación máxima por servicios prestados no podrá ser superior a 6 puntos.
Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, acompañado de
certificados o informes de la administración pública contratante, distinta al Ayuntamiento de Llera, emitido por órgano
competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos, denominación de la plaza, grupo de clasificación
y duración de la jornada.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Llera serán comprobados de oficio por el mismo, debiendo marcarse
obligatoriamente "remisión a mi expediente personal" en la solicitud de participación.
B. Formación (4 puntos máximo):
Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas o entidades privadas con una
duración mínima de 5 horas, en materias específicas relacionadas con el puesto ofertado, por hora de formación, 0,08
puntos.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a cinco horas.
Cuando los cursos vengan determinados en créditos y se especifiquen en horas de formación, se entenderá que 1 crédito
equivale a 10 horas.
La justificación del apartado de formación será mediante copia del título, diploma o certificado de la realización del mismo,
en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no venir expresado alguno de
estos extremos no podrá computarse.
Los cursos en los que no se acredite el número de horas y/o de créditos no puntuarán.
8.2. Criterios de desempate. En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y
por este orden:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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(titulación, formación, cursos…), de acuerdo con los baremos que figuran a continuación.
Los méritos se computarán hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. El Tribunal de Selección
se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar cuantas aclaraciones o
información adicional, cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
Únicamente serán objeto de valoración los méritos alegados en la solicitud de participación en el proceso selectivo, y que
consten relacionados en el anexo 1 aportado junto a la instancia, así como la documentación acreditativa de los mismos de
acuerdo con la base tercera.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido
ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la
doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
A. Servicios prestados (6 puntos máximo).
A.1. Por cada mes completo de antigüedad en el Ayuntamiento de Llera, ocupando la plaza objeto de la convocatoria hasta
la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
A.2. Por cada mes completo de antigüedad en el Ayuntamiento de Llera, ocupando otras plazas distintas a las convocadas
hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,05 puntos, hasta un máximo de 6
puntos.
A.3. Por cada mes de antigüedad en cualquier administración pública en el mismo cuerpo, escala, categoría o equivalente de
la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,025
puntos, hasta un máximo de 6 puntos.
La puntuación máxima por servicios prestados no podrá ser superior a 6 puntos.
Los méritos profesionales se acreditarán con informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, acompañado de
certificados o informes de la administración pública contratante, distinta al Ayuntamiento de Llera, emitido por órgano
competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos, denominación de la plaza, grupo de clasificación
y duración de la jornada.
Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Llera serán comprobados de oficio por el mismo, debiendo marcarse
obligatoriamente "remisión a mi expediente personal" en la solicitud de participación.
B. Formación (4 puntos máximo):
Por cursos de formación recibidos o impartidos, organizados por instituciones públicas o entidades privadas con una
duración mínima de 5 horas, en materias específicas relacionadas con el puesto ofertado, por hora de formación, 0,08
puntos.
En ningún caso podrán valorarse formación de duración inferior a cinco horas.
Cuando los cursos vengan determinados en créditos y se especifiquen en horas de formación, se entenderá que 1 crédito
equivale a 10 horas.
La justificación del apartado de formación será mediante copia del título, diploma o certificado de la realización del mismo,
en el que conste expresamente la materia impartida y el número de horas de duración. De no venir expresado alguno de
estos extremos no podrá computarse.
Los cursos en los que no se acredite el número de horas y/o de créditos no puntuarán.
8.2. Criterios de desempate. En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y
por este orden:
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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