Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. Secretaría General. Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06358/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Auxiliar Administrativo, personal funcionario sistema concurso-oposición, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Llera

Anuncio 6358/2022

SÉPTIMA. SISTEMA DE SELECCIÓN Y DESARROLLO DEL PROCESO
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
- Oposición.
- Concurso.
7.1. Fase de oposición (60% Puntuación Final): Los/as aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo
excluidos/as de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente
apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/as opositores/as para que acrediten su identidad. Los/as aspirantes
deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o permiso de conducir.
Finalizada la oposición, el Tribunal procederá a valorar los méritos y servicios de los/as aspirantes que hayan sido
considerados como aptos/as en la citada fase de oposición.
A. Primera prueba: Prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en una hora, un cuestionario de cincuenta preguntas
(más 5 preguntas de reserva, para el caso de que alguna pregunta fuera anulada), con cuatro respuestas alternativas,
basadas en el temario Anexo II. (La prueba tiene carácter eliminatorio, y se calificará con un máximo de 10 puntos).
Sólo podrán superar la primera prueba los aspirantes que obtengan un mínimo de 5 puntos. No obstante, el Tribunal, para
el supuesto de que ningún aspirante alcance la puntuación mínima fijada, podrá establece una calificación mínima necesaria
distinta a 5, justificando en tal caso su decisión.
B. Segunda prueba: Prueba práctica, consistirá en dos partes diferenciadas, en las que el Tribunal podrá dividir a los/as
aspirantes en grupos, realizando los/as aspirantes los diferentes ejercicios de forma simultánea; debiendo el tribunal
garantizar la incomunicación entre los aspirantes.
Las partes de la segunda prueba (con un tiempo máximo de una hora cada parte) consistirán en:
- Superación de uno o varios supuestos prácticos, debiendo los/as aspirantes acreditar los conocimientos que se posean en
referencia a la plaza objeto de la convocatoria, conocimientos que se hallan incluidos en el Anexo II. Pudiendo consistir el
examen en la redacción de documentos administrativos, resolución de problemas prácticos, etc.
- Superación de un supuesto práctico sobre informática y ofimática, relacionada con el puesto de trabajo.
Cada parte de la segunda prueba se calificará con un máximo de 10 puntos, pero se valorarán como una única prueba con
un máximo de 20 puntos, debiendo obtener para su superación un mínimo de 10 puntos en la suma de las dos pruebas.
C. Determinación de la puntuación:
La primera prueba de la fase de oposición tiene carácter eliminatorio y su calificación se determinará por el Tribunal
otorgando un máximo de diez puntos, debiendo obtener al menos una puntuación de cinco puntos para superar el ejercicio.
En la primera prueba, tipo test, cada respuesta correcta sumará 0,2 puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos,
no puntuando ni penalizando las preguntas no contestadas.
El segundo ejercicio se calificará con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal,
eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a
dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se
eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas. Cada parte de la segunda prueba se calificará con un
máximo de 10 puntos, pero se valorarán como una única prueba con un máximo de 20 puntos, debiendo obtener para su
superación un mínimo de 10 puntos en la suma de las dos pruebas.
Una vez obtenida dicha puntuación, se efectuará un cálculo proporcional para que la valoración de la fase de oposición
suponga un 60% del total de la puntuación del procedimiento selectivo.
La calificación de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios práctico y teórico.
El orden de actuación de los/as aspirantes será por orden alfabético, salvo que el Tribunal decida otro más conveniente.
Los/as aspirantes no podrán acudir a la realización de las pruebas selectivas con dispositivos de telefonía móvil, pulseras
electrónicas, relojes ni cualquier otro sistema que permita la emisión o recepción de comunicaciones, ni siquiera apagados,
pudiendo ser comprobado este extremo en cualquier momento por parte de los miembros del Tribunal Calificador, a través
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 6 de 13