Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. Servicio de Gestión Administrativa y Asuntos Generales (Badajoz). Servicio de Urbanismo (Badajoz). (06280/2022)
Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio provincial de abastecimiento de agua en alta para los municipios de la Mancomunidad Los Molinos
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Servicio de Gestión Administrativa y Asuntos Generales

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
CONSORCIOS
Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO
Servicio de Gestión Administrativa y Asuntos Generales
Badajoz
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Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio provincial de
abastecimiento de agua en alta para los municipios de la Mancomunidad Los Molinos

El Consejo de Administración del Consorcio de Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz,
PROMEDIO, acordó, en sesión de 3 de noviembre de 2022, la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza
Fiscal Reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio Provincial de Abastecimiento de Agua en Alta para los municipios
abastecidos desde el Sistema de Abastecimiento de la Mancomunidad de Los Molinos.
Finalizado el periodo de información pública (BOP n.º 212 de 8 de noviembre de 2021) sin que se hayan producido
alegaciones y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, se
procede a la publicación íntegra del texto de las citadas ordenanzas una vez definitivamente aprobadas.
Badajoz, a la fecha de la firma digital.- La Vicepresidenta de PROMEDIO, Raquel del Puerto Carrasco.
________________
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA
EN ALTA PARA LOS MUNICIPIOS ABASTECIDOS DESDE EL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DE LOS
MOLINOS
CAPITULO I. NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO
Artículo 1.
1.1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo (TRLRHL) en el artículo 13.2.k) de sus Estatutos ,el Consorcio de Gestión de Servicios Medioambientales de la
Diputación de Badajoz (PROMEDIO) establece la tasa por prestación del servicio de abastecimiento de agua en la modalidad
de ALTA a los municipios de la mancomunidad de Los Molinos, que se regirá por lo dispuesto en la presente ordenanza
fiscal cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del citado TRLRHL.
1.2. Es objeto de esta tasa el abastecimiento de agua potable en alta para los municipios abastecidos desde el sistema de
abastecimiento de la Mancomunidad Los Molinos.
1.3. La tasa se fundamenta por la necesaria contraprestación económica que debe percibir PROMEDIO por la prestación del
servicio que constituye el objeto de la misma.
CAPITULO II. HECHO IMPONIBLE
Artículo 2.
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable en Alta, realizado de
forma directa o indirecta, incluyendo cuántos suministros, servicios y actividades técnicas o administrativas sean necesarias
para la adecuada prestación de dicho servicio.
CAPITULO III. SUJETO PASIVO
Artículo 3.
3.1. Son sujetos pasivos de esta tasa, en concepto de contribuyentes, los ayuntamientos abastecidos por PROMEDIO
pertenecientes al servicio de abastecimiento de agua en la modalidad de ALTA a los municipios de la mancomunidad de Los
Molinos. Asimismo, serán obligados tributarios las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que se refiere el artículo
35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), que resulten beneficiados por la prestación del servicio.
3.2. En todo caso, tendrán la consideración de sustitutos del contribuyente, las empresas gestoras de los abastecimientos en
Baja de los municipios, contratadas por los respectivos ayuntamientos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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