Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tierra de Barros-Río Matachel (Villafranca de los Barros). Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06163/2022)
Bases del proceso de estabilización de la Mancomunidad Tierra de Barros - Río Matachel, según Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Mancomunidad de Municipios Tierra de Barros-Río Matachel
Anuncio 6163/2022
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, con mayor ponderación de la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y
más, en concreto, en esta Mancomunidad; siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber
sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento
de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Los méritos profesionales serán valorados con una puntuación máxima de 60 puntos, y con un periodo máximo de cómputo
de servicios efectivamente prestados de 10 años hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En relación a la antigüedad, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los servicios
prestados como personal funcionario/a interino, como laboral temporal e indefinido/a no fijo, cualquiera que sea la
modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, conforme a
los siguientes criterios:
2.1 - Antigüedad. Hasta un máximo de 60 puntos.
Experiencia en la misma plaza
Valoración
A -Servicios prestados en la Mancomunidad de Municipios "Tierra de Barros-Río Matachel" como
personal laboral temporal, funcionario interino o indefinido no fijo/a en el cuerpo, escala, categoría
o equivalente categoría profesional de la plaza objeto de esta convocatoria hasta la finalización del
plazo de presentación de solicitudes. Se otorgarán puntos por mes completo de servicios efectivos
a jornada completa, y los períodos menores a un mes, días, se computarán proporcionalmente (se
toma como referencia períodos de un mes de 30 días). Máximo 120 meses.
0,50
puntos/mes
B. Servicios prestados en otras administraciones públicas o entes del sector público como personal
laboral temporal, funcionario interino o indefinido no fijo/a en el cuerpo, escala, categoría o
equivalente profesional de la plaza objeto de esta convocatoria hasta la finalización del plazo de
presentación de solicitudes. Se otorgarán puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada
completa, y los períodos menores a un mes se computarán proporcionalmente (se toma como
referencia períodos de un mes de 30 días). Máximo 120 meses.
0,17
puntos/mes
Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el permiso de reducción
de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso se computarán incrementados hasta el 100% de los
servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin reducción de jornada. No se computará a estos
efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de ningún tipo ni en servicios especiales. No se valorarán los servicios
prestados como personal eventual ni como personal directivo profesional. No se computarán servicios que hubiesen sido
prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y, además, certificación expedida (servicios
prestados) por el órgano competente de la Administración Pública.
2.2 - Formación. Hasta un máximo de 40 puntos.
Formación
A. Por cada hora de formación (A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas)
hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Valoración
(máximo 40 puntos)
0,20 puntos/hora
En el apartado anterior (apartado A. referido a formación) se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y
acreditados hasta la finalización del plazo para presentar solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado con las
funciones a desarrollar en la plaza a la que se opte o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales,
igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, o formación de carácter transversal, y organizados,
certificados e impartidos bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada
(Colegio profesional, sindicato, Cámara de Comercio, federación, etc.) en colaboración con una Administración Pública.
También se valorarán los cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de formación para el
empleo del personal al servicio de la administración pública.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de esta convocatoria: la Administración General del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 12
Anuncio 6163/2022
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, con mayor ponderación de la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y
más, en concreto, en esta Mancomunidad; siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber
sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento
de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Los méritos profesionales serán valorados con una puntuación máxima de 60 puntos, y con un periodo máximo de cómputo
de servicios efectivamente prestados de 10 años hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En relación a la antigüedad, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los servicios
prestados como personal funcionario/a interino, como laboral temporal e indefinido/a no fijo, cualquiera que sea la
modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 100 puntos, conforme a
los siguientes criterios:
2.1 - Antigüedad. Hasta un máximo de 60 puntos.
Experiencia en la misma plaza
Valoración
A -Servicios prestados en la Mancomunidad de Municipios "Tierra de Barros-Río Matachel" como
personal laboral temporal, funcionario interino o indefinido no fijo/a en el cuerpo, escala, categoría
o equivalente categoría profesional de la plaza objeto de esta convocatoria hasta la finalización del
plazo de presentación de solicitudes. Se otorgarán puntos por mes completo de servicios efectivos
a jornada completa, y los períodos menores a un mes, días, se computarán proporcionalmente (se
toma como referencia períodos de un mes de 30 días). Máximo 120 meses.
0,50
puntos/mes
B. Servicios prestados en otras administraciones públicas o entes del sector público como personal
laboral temporal, funcionario interino o indefinido no fijo/a en el cuerpo, escala, categoría o
equivalente profesional de la plaza objeto de esta convocatoria hasta la finalización del plazo de
presentación de solicitudes. Se otorgarán puntos por mes completo de servicios efectivos a jornada
completa, y los períodos menores a un mes se computarán proporcionalmente (se toma como
referencia períodos de un mes de 30 días). Máximo 120 meses.
0,17
puntos/mes
Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el permiso de reducción
de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso se computarán incrementados hasta el 100% de los
servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin reducción de jornada. No se computará a estos
efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de ningún tipo ni en servicios especiales. No se valorarán los servicios
prestados como personal eventual ni como personal directivo profesional. No se computarán servicios que hubiesen sido
prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y, además, certificación expedida (servicios
prestados) por el órgano competente de la Administración Pública.
2.2 - Formación. Hasta un máximo de 40 puntos.
Formación
A. Por cada hora de formación (A estos efectos, un crédito equivale a 10 horas)
hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Valoración
(máximo 40 puntos)
0,20 puntos/hora
En el apartado anterior (apartado A. referido a formación) se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y
acreditados hasta la finalización del plazo para presentar solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado con las
funciones a desarrollar en la plaza a la que se opte o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales,
igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, o formación de carácter transversal, y organizados,
certificados e impartidos bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada
(Colegio profesional, sindicato, Cámara de Comercio, federación, etc.) en colaboración con una Administración Pública.
También se valorarán los cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de formación para el
empleo del personal al servicio de la administración pública.
Tienen la consideración de Administraciones Públicas a los efectos de esta convocatoria: la Administración General del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 12