Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvaleón. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06101/2022)
Bases y convocatoria para la provisión de un puesto de Conductor Camión/Maquinaria, como personal laboral fijo, mediante concurso-oposición, incluido en la oferta de empleo público 2022 para la estabilización del empleo temporal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Salvaleón
Anuncio 6101/2022
Mérito
A
Méritos profesionales.
Los méritos profesionales se acreditarán con Informe de Vida Laboral expedido por la
Seguridad Social, acompañado de documentos como contratos de trabajo, certificados de
empresa e informes de la Administración o empresa contratante que identifiquen la
categoría profesional y funciones del puesto desempeñado.
- Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente,
despreciándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes
Puntuación
Máximo 20
puntos
A1 Servicios prestados como personal funcionario interino en el cuerpo o escala o como
personal laboral temporal en la categoría profesional de conductor de camión o maquinaria,
por mes completo.
0,50 puntos
A2 Servicios prestados en el resto del sector público o en empresas privadas, en la misma
categoría profesional de conductor de camión, por mes completo
0,25 puntos
B
Máximo 10
puntos
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de copia de los carnets, así
como de los diplomas o certificados correspondientes a los cursos alegados, que deberán
expresar el contenido de la formación y el número de horas de la misma.
B1 Por posesión de carnet de conducir "C".
B2 Formación relacionadas directamente con el puesto a cubrir, por cada fracción de 20 horas.
Para calcular la fracción se sumarán el total de horas de formación y se dividirá por la
unidad indicada.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de
duración.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia,
aunque se haya repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o
avanzado.
1 punto.
0,50 puntos
Octava.- Calificación de las pruebas.
Calificación definitiva: Será la suma aritmética total de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición por cada aspirante
aprobado + la valoración final obtenida en la fase de concurso. Así se determinará el orden de clasificación definitiva.
Empates: En supuesto de empate en las sumas de las calificaciones obtenidas por los aspirantes, una vez finalizadas las
fases de concurso y oposición, serán criterios para dirimir el mismo y por este orden:
- En primer lugar, la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio (prueba practica) de la fase de
oposición.
- En segundo lugar, la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio (prueba teórica) de la fase de
oposición.
- En tercer lugar, la mayor valoración obtenida en el apartado A) Experiencia, de la fase de concurso.
- De continuar el empate, la mayor valoración obtenida en el apartado B) Formación complementaria y
permisos de conducción, de la fase de concurso.
- Finalmente, si persiste el empate, el orden se decidirá por sorteo.
Novena.- Relación de aprobados
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquel propuestos para su contratación.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quien, dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
El aspirante propuesto deberá someterse a reconocimiento médico en Centro designado por el propio Ayuntamiento, que
acredite su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento
concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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A
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Los méritos profesionales se acreditarán con Informe de Vida Laboral expedido por la
Seguridad Social, acompañado de documentos como contratos de trabajo, certificados de
empresa e informes de la Administración o empresa contratante que identifiquen la
categoría profesional y funciones del puesto desempeñado.
- Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán proporcionalmente,
despreciándose las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes
Puntuación
Máximo 20
puntos
A1 Servicios prestados como personal funcionario interino en el cuerpo o escala o como
personal laboral temporal en la categoría profesional de conductor de camión o maquinaria,
por mes completo.
0,50 puntos
A2 Servicios prestados en el resto del sector público o en empresas privadas, en la misma
categoría profesional de conductor de camión, por mes completo
0,25 puntos
B
Máximo 10
puntos
Formación.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de copia de los carnets, así
como de los diplomas o certificados correspondientes a los cursos alegados, que deberán
expresar el contenido de la formación y el número de horas de la misma.
B1 Por posesión de carnet de conducir "C".
B2 Formación relacionadas directamente con el puesto a cubrir, por cada fracción de 20 horas.
Para calcular la fracción se sumarán el total de horas de formación y se dividirá por la
unidad indicada.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de
duración.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia,
aunque se haya repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o
avanzado.
1 punto.
0,50 puntos
Octava.- Calificación de las pruebas.
Calificación definitiva: Será la suma aritmética total de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición por cada aspirante
aprobado + la valoración final obtenida en la fase de concurso. Así se determinará el orden de clasificación definitiva.
Empates: En supuesto de empate en las sumas de las calificaciones obtenidas por los aspirantes, una vez finalizadas las
fases de concurso y oposición, serán criterios para dirimir el mismo y por este orden:
- En primer lugar, la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio (prueba practica) de la fase de
oposición.
- En segundo lugar, la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio (prueba teórica) de la fase de
oposición.
- En tercer lugar, la mayor valoración obtenida en el apartado A) Experiencia, de la fase de concurso.
- De continuar el empate, la mayor valoración obtenida en el apartado B) Formación complementaria y
permisos de conducción, de la fase de concurso.
- Finalmente, si persiste el empate, el orden se decidirá por sorteo.
Novena.- Relación de aprobados
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquel propuestos para su contratación.
El aspirante propuesto acreditará ante la Administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Quien, dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
El aspirante propuesto deberá someterse a reconocimiento médico en Centro designado por el propio Ayuntamiento, que
acredite su capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento
concluya con un dictamen negativo, el aspirante no podrá ser contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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