Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06176/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Gestor/a Cultural, como personal laboral mediante concurso, incluidas en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Valdivia

Anuncio 6176/2022

autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones
propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por
haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b)
del TREBEP. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en la Ley
53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicios de las
Administraciones Públicas.
f) Disponer de la acreditación de formación en materia de gestión cultural. Pudiendo ser alguna
de las siguientes:
1. Grado en Gestión Cultural
2. Título de grado, diplomatura o equivalente acompañado de un curso de
formación específica en gestión cultural de al menos 900 horas impartido tanto
por Instituciones Públicas como Privadas.
Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización de
presentación de las instancias, la titulación exigida. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación o convalidación en su caso.
g) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen en la forma
prevista en el punto tres de la base quinta.
3.2.- Los requisitos deberán poseerse en el momento de la finalización del plazo para presentar la solicitud y
deberán mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de adquisición de la
condición de empleado público.
CUARTA.- Igualdad de condiciones.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 59 del TREBEP y 91 de la LFPE, en concordancia con lo previsto en el Real
Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de
las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de
condiciones que los demás aspirantes.
Los aspirantes discapacitados deberán presentar certificación o informe expedido por el órgano competente de la
Comunidad Autónoma o de la Administración del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para
desempeñar las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria.
QUINTA.- Solicitudes.
5.1.- Forma.
5.1.1.- Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán presentar la solicitud
dirigida al señor alcalde de la E.L.M. de Valdivia, conforme al modelo que aparece en el Anexo I,
y en ella los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones
exigidas en la base tercera.
5.1.2- La alegación y acreditación de los méritos se hará junto con la solicitud y en el plazo de
presentación de las mismas, adjuntando la documentación que se especifica en la base octava.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no queden acreditados en el plazo y forma
anteriormente mencionados, sin perjuicio de que el tribunal pueda solicitar la ampliación de la
documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.
5.1.3.- Serán admisibles las copias simples de documentos, sin perjuicio de lo señalado en el
párrafo siguiente, pues con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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