Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06110/2022)
Bases de la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir tres plazas de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Alconchel, mediante el sistema de concurso, como personal laboral fijo
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Ayuntamiento de Alconchel

Anuncio 6110/2022

b. Régimen: Personal Laboral Fijo.
c. Grupo: C2.
d. Jornada de trabajo: 100%.
e. Sistema de selección: concurso.
f. Área de servicio: Tesorería.
2. Auxiliar Administrativo Área de Alcaldía.
a. Vacantes. 1
b. Régimen: Personal Laboral Fijo.
c. Grupo: C2.
d. Jornada de trabajo: 100%.
e. Sistema de selección: concurso.
f. Área de servicio: Alcaldía.
3. Auxiliar Administrativo Área de Recursos Humanos/Administración General.
a. Vacantes. 1
b. Régimen: Personal Laboral Fijo.
c. Grupo: C2.
d. Jornada de trabajo: 100%.
e. Sistema de selección: concurso.
f. Área de servicio: Recursos Humanos/Administración General.
- Retribuciones: Esta plaza tiene asignada las retribuciones básicas correspondientes a su grupo de asimilación al C2, dentro
de la plantilla de personal laboral, así como las retribuciones complementarias establecidas en la relación de puestos de
trabajo. Su régimen de derechos y obligaciones es el aplicable a los empleados públicos del Ayuntamiento de Alconchel.
- Funciones y responsabilidades: Las propias de la naturaleza de los puestos de trabajo a desempeñar y que actualmente se
llevan a cabo en el Ayuntamiento de Alconchel, en cada una de las áreas en las que desempeñarán sus funciones.
Tercera. Requisitos de los aspirantes.
1. Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española Estado o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al
que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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