Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06121/2022)
Bases y convocatoria para constituir una lista de espera de Gerente de Dinamización Comercial
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 6121/2022
Una vez publicadas las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia todos los anuncios
sucesivos relacionados con la convocatoria así como los acuerdos del tribunal de selección y sus diferentes
fases y trámites se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, en el tablón de
anuncios de este Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es.
8.º.- Normativa de aplicación. En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo
el vigente Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos (DOE 17 de septiembre
de 2018), el artículo 100 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los
artículo 128 y 177 del RD Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del texto refundido de las disposiciones vigentes
en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura, el RD 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la
Administración Local, el RD 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio del Estado, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas
concordantes de aplicación.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
1.º.- Requisitos. Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en artículo 57 del la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
e) Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones o haber finalizado los estudios y
abonados los derechos correspondientes para su obtención:
1.- Módulo Formativo Superior de la familia profesional Comercio y Marketing,
según el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
2.- Titulación universitaria: Diplomado en Empresariales, Licenciatura en
Economía, Licenciatura en Dirección y Administración de Empresas o
Licenciatura en Marketing e Investigación de Mercados.
3.- Grado equivalente, considerando como tal los grados en los siguientes
ámbitos: administración y dirección de empresas, economía, publicidad y
relaciones públicas, marketing e investigación de mercados y comercio.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado
expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia,
que acredite la citada equivalencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la
Administración competente para ello.
f) Compromiso de realizar los cursos de formación específicos que imparta Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, dentro del Programa de Formación dirigido al
comercio minorista de Extremadura.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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fases y trámites se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, en el tablón de
anuncios de este Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es.
8.º.- Normativa de aplicación. En lo no previsto en estas bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo
el vigente Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos (DOE 17 de septiembre
de 2018), el artículo 100 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los
artículo 128 y 177 del RD Legislativo 781/1986, de 13 de abril, del texto refundido de las disposiciones vigentes
en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función
Pública de Extremadura, el RD 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los
programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la
Administración Local, el RD 364/1995, de 10 de marzo, del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio del Estado, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas
concordantes de aplicación.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes.
1.º.- Requisitos. Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir los siguientes
requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en artículo 57 del la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
e) Estar en posesión de una de las siguientes titulaciones o haber finalizado los estudios y
abonados los derechos correspondientes para su obtención:
1.- Módulo Formativo Superior de la familia profesional Comercio y Marketing,
según el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
2.- Titulación universitaria: Diplomado en Empresariales, Licenciatura en
Economía, Licenciatura en Dirección y Administración de Empresas o
Licenciatura en Marketing e Investigación de Mercados.
3.- Grado equivalente, considerando como tal los grados en los siguientes
ámbitos: administración y dirección de empresas, economía, publicidad y
relaciones públicas, marketing e investigación de mercados y comercio.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado
expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia,
que acredite la citada equivalencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la
Administración competente para ello.
f) Compromiso de realizar los cursos de formación específicos que imparta Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, dentro del Programa de Formación dirigido al
comercio minorista de Extremadura.
g) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B.
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