Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (06121/2022)
Bases y convocatoria para constituir una lista de espera de Gerente de Dinamización Comercial
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 6121/2022

a) El desarrollo por parte del ayuntamiento de proyectos de animación comercial acogidos al
Decreto 77/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas
para la financiación de proyectos de animación comercial en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, o bases reguladoras que lo sustituyan.
b) La coordinación y colaboración con las asociaciones de comerciantes para que éstas
desarrollen también proyectos de animación comercial acogidos al Decreto 77/2021, de 30 de
junio, o bases reguladoras que lo sustituyan.
c) Fomentar el asociacionismo en aquellas áreas comerciales y localidades en las que no exista
asociación de comerciantes.
d) Promover la cooperación entre el sector comercio y entre este y otros sectores como el
turismo, el ocio y la hostelería.
e) Colaborar con la Secretaría de Economía y Comercio y con Extremadura Avante para difundir
y dar a conocer a los comerciantes los planes y medidas que se desarrollen para el comercio
minorista
Dada la necesidad y urgencia de la cobertura de este puesto, este procedimiento de selección se rige por el
principio de celeridad, conforme a lo dispuesto por los artículos 10 y 11 de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.
Con la aprobación de esta convocatoria se dejan sin efectos convocatorias o listas de esperas convocadas,
anteriormente, para los mismos fines o para supuestos análogos relacionados con la categoría de Gerente de
Dinamización Comercial.
4.º.- Modalidad y duración de los nombramiento o contrataciones. Conforme al artículo 3 del Reglamento
regulador de funcionamiento de las listas de espera para la contratación, contenido en el Anexo III del
Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos de este Ayuntamiento (DOE 17 de
septiembre de 2018), los aspirantes de lista que se constituya, conforme a lo dispuesto por el artículo 4.2 del
propio Reglamento, figurarán en única lista independiente, que será utilizada tanto para el nombramiento de
personal funcionario interino, como para la contratación de personal laboral por duración determinada, con
estricta sujeción a las normas legales de aplicación.
Los nombramientos interinos se atendrán a lo dispuesto por el artículo 18 del vigente Acuerdo regulador de
las condiciones de trabajo de los empleados públicos de este Ayuntamiento, artículo 10 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y artículo 16 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Las contrataciones que se puedan generar, por duración determinada, estarán acogidas a las modalidades
previstas por el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en la redacción dada por el Real Decreto-ley
32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el
empleo y la transformación del mercado de trabajo.
La duración y la jornada dependerán del servicio a realizar según lo dispuesto por el Acuerdo Regulador de las
condiciones de trabajo de los empleados públicos de este Ayuntamiento.
Quedan excluidas las contrataciones con cargo a determinadas subvenciones o programas, en la que se
establezcan sistemas propios de selección del personal.
5.º.- Retribución. Estará dotado con las retribuciones correspondientes a un puesto de Técnico Auxiliar (Grupo
C subgrupo C1), conforme a lo dispuesto por vigente Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo de los
empleados públicos.
6.º.- Régimen de incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
7.º.- Transparencia y publicación de bases y anuncios. Las Bases de la presente convocatoria, así como todos
sus anexos, se podrán consultar tanto en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento como en la página web
www.almendralejo.es dentro del apartado Ofertas de Empleo. También se publicarán en el Boletín Oficial de
la Provincia de Badajoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 13