Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valle de Santa Ana. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06024/2022)
Convocatoria para la provisión de un puesto de Cocinero/a como personal laboral fijo mediante concurso, incluido en la oferta de empleo público para estabilización
13 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Valle de Santa Ana

Anuncio 6024/2022

convocatoria). No tendrán dicha bonificación quienes se encuentren en situación
de mejora de empleo.]

4.3. No se admitirá documentación alguna con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
4.4 Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión
del proceso selectivo. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales
se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el
responsable del tratamiento de estos datos.
QUINTA. - ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento, se señalará un
plazo de cinco días hábiles para subsanación.
Los siguientes defectos no serán subsanables, por afectar al contenido esencial de la propia solicitud de participación, al
plazo de caducidad o a la carencia de actuaciones esenciales:
- No hacer constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos de capacidad exigidos en las Bases.
- Presentar la solicitud de forma extemporánea, ya sea antes o después del plazo correspondiente.
- La falta de pago de los derechos de examen o el pago parcial de los mismos.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que
se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento. En la misma publicación se hará constar la designación nominal
del Tribunal
SEXTA. - TRIBUNAL CALIFICADOR.
6.1. El Órgano de Selección tendrá la siguiente composición:
Presidente:
– Un funcionario de carrera, o personal laboral fijo, que preste sus servicios en el
la Administración Local.
Vocales:
– Tres funcionarios de carrera, o personal laboral fijo, que presten sus servicios
en la Administración Local o en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Secretario:
– El Secretario del Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue, con voz y sin
voto.

6.2. El Órgano de Selección será nombrado mediante Resolución de Alcaldía.
6.3. No podrá formar parte del Órgano de Selección:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 13