Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Helechosa de los Montes. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06045/2022)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, como personal laboral mediante concurso, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Helechosa de los Montes

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Los méritos profesionales se acreditarán con Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, acompañado de
documentos como contratos de trabajo, certificados de empresa o certificado de Secretaría de la Administración contratante
que identifiquen la categoría profesional y funciones del puesto desempeñado, tipo de Régimen jurídico de vinculación
(laboral, funcionario, estatutario), fecha de inicio y fin de cada una de las contrataciones, además del total de días de
vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Los méritos profesionales prestados en la Administración convocante se acreditarán de oficio mediante certificado detallado
expedido por el órgano administrativo correspondiente que lo remitirá al Tribunal de Selección y al interesado.
Servicios prestados como personal laboral temporal en la categoría profesional de la Administración convocante:
0,14 puntos por cada mes completo.
Resto de servicios prestados en el sector público, en la misma categoría convocada:
0,14 puntos por cada mes completo.
FORMACIÓN. Máximo 4 puntos.
Los méritos por formación se acreditarán mediante entrega de los diplomas o certificados correspondientes a los cursos
alegados, que deberán expresar el contenido de la formación y el número de horas de la misma.
Se valorarán los cursos cuyo contenido esté relacionado con las funciones propias de la Administración convocante.
Por cursos de formación recibidos o impartidos por instituciones públicas o privadas de reconocido prestigio, con una
duración mínima de 15 horas, en materias específicas como: nóminas, contabilidad, seguros sociales, certificados digitales,
legislación, tesorería…) se valorará con 0,01 punto/hora de formación.
Octava. Calificación.
La puntuación final será la obtenida tras la valoración y suma total de los méritos del apartado anterior.
Novena. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de
puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento, indicando aquellos propuestos para su nombramiento o
contratación.
Los posibles empates serán resueltos, por el Tribunal, a favor del candidato que haya obtenido mayor puntuación en la fase
de méritos profesionales desarrollados en la administración convocante. En caso de persistir el empate, se procederá al
desempate por sorteo en acto público.
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la administración los documentos justificativos de las condiciones de capacidad
y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo otorgado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Los aspirantes propuestos, con excepción de aquellos que presten servicios actualmente al Ayuntamiento de Helechosa de
los Montes, deberán someterse a reconocimiento médico en centro designado por el propio Ayuntamiento, que acredite su
capacidad para el desarrollo de las funciones del puesto de trabajo. En caso de que dicho reconocimiento concluya con un
dictamen negativo, el aspirante no podrá ser nombrado o contratado, quedando anuladas sus actuaciones.
En el caso de personal laboral, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del período de prueba que
corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina el proceso y el trabajador adquirirá la condición de
empleado público. Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los
diez días siguientes a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante
entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
Décima. Incompatibilidades.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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