Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06147/2022)
Bases que han de regir la convocatoria y proceso de estabilización de las plazas recogidas en la oferta de empleo público para las categorías A1 y A2
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 6147/2022

los/las aspirantes.
Los méritos que no consten en el expediente personal, se acreditarán mediante los documentos correspondientes, que
habrán de ser aportados junto a la solicitud de admisión, de conformidad con lo establecido anteriormente en la base
tercera, apartado 2 (presentación de la solicitud).
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, con mayor ponderación de la experiencia
profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de
empleo temporal de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales 6.ª y 8.ª, es
reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que
se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y
más en concreto en este Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido
ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la
doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En relación a la antigüedad, solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los servicios
prestados como personal funcionario/a interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del
nombramiento interino / contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, conforme a
los siguientes criterios:
2.1 - ANTIGÜEDAD. Hasta un máximo de 8 puntos.

Experiencia en la misma plaza/puesto.

VALORACIÓN
(máximo 8 puntos)

A - Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, en la plaza objeto
de la convocatoria.

0,10 puntos/mes

B - Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros en diferente
cuerpo, escala, categoría o plaza objeto de la convocatoria o en cualquiera de sus entidades u
organismos dependientes.

0,05 puntos/mes

C - Por cada mes de antigüedad en cualquier otra Administración pública en el mismo cuerpo,
escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria.

0,025 puntos/mes

Los servicios prestados en jornada inferior a la completa se valorarán proporcionalmente, salvo que el
permiso de reducción de jornada traiga causa de la protección de la maternidad, en cuyo caso, se computarán
incrementados hasta el 100% de los servicios que hubiera correspondido prestar si se hubiera mantenido sin
reducción de jornada. No se computará a estos efectos el tiempo que se permanezca en excedencia de
ningún tipo ni en servicios especiales. No se valorarán los servicios prestados como personal eventual ni
como personal directivo profesional. No se computarán servicios que hubiesen sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación expedida por el
órgano competente de la Administración Pública.
2.2 - FORMACIÓN. Hasta un máximo de 2 punto.

Formación
Por cada hora de formación.
(A estos efectos, un crédito equivale 10 horas y se valoraría con 1 punto)

VALORACIÓN
(máximo 2 punto)
0,20 puntos

Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentren relacionado con las funciones a desarrollar en
el puesto/plaza a la que se opte o cuyo contenido sea relativo a la prevención de riesgos laborales específicos
del puesto/plaza objeto de la convocatoria, igualdad, no discriminación y prevención violencia de género, o
formación de carácter transversal, y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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