Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdelacalzada. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05948/2022)
Bases generales por las que se regirán las convocatorias de ocho plazas del régimen jurídico laboral, mediante proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal por el sistema de concurso de méritos
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Ayuntamiento de Valdelacalzada

Anuncio 5948/2022

Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
a. Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto.
c. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título requerido para cada plaza de conformidad con lo
establecido en los Anexos I a VII de las presentes bases, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en
posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia, en su caso.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el periodo de
adquisición de la condición de empleada/o pública/o.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
1. Las solicitudes (Anexo IX), requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las
condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y
se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
2. La solicitud deberá ir acompañada por:
a. Fotocopia (o documento escaneado) del DNI o, en su caso, pasaporte.
b. Fotocopia (o documento escaneado) de la titulación exigida de conformidad con lo dispuesto en los anexos
incluidos en las presentes bases para cada una de las plazas ofertadas, para participar en la convocatoria de
la plaza a la que se presenta.
c. Los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta para el concurso, que serán
precedidos de una relación numerada y paginada de los documentos aportados, conforme al modelo
recogido en el Anexo X, firmado por el/la interesado/a.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo un mes, declarando
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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