Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guadiana. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06060/2022)
Bases generales de las pruebas selectivas de estabilización de empleo por el sistema de concurso
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Ayuntamiento de Guadiana

Anuncio 6060/2022

previstos en las Bases Específicas de cada convocatoria.
- Por los cursos de formación recibidos o impartidos, por o para órganos oficiales,
universidades, institutos públicos de formación, y homologados dentro de planes de formación
continua y similares de las Administraciones Públicas, orientados al desempeño de funciones
en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea acceder, en los términos
previstos en las Bases Específicas de cada convocatoria.
- Por haber superado, en cualquier Administración Pública, todos o alguno de los ejercicios
para el acceso a dicho cuerpo, escala o categoría a la que se desea acceder, en los términos
previstos en las Bases Específicas de cada convocatoria.

Décima. Calificación de las pruebas selectivas.
La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el concurso.
Si se dieran empates, el orden se establecerá atendiendo, en primer lugar, a favor de la persona aspirante que hubiera
obtenido mayor puntuación en la fase de méritos profesionales; en segundo lugar, a favor de la persona que hubiera
prestado más tiempo de servicios en la Institución convocante en la plaza objeto del proceso; en tercero, de la que hubiera
prestado más tiempo de servicio en la Administración Pública en general; y, en último, de la que tenga más edad.
Undécima. Relación de aprobadoss.
Terminada la valoración de méritos, el Tribunal Calificador hará pública la relación de aprobados según el orden de
puntuación alcanzado, así como su propuesta de acceso a la condición de funcionario o personal laboral fijo de las personas
aprobadas, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, y la elevará a la Presidencia de la Institución convocante.
Duodécima. Elección de destinos.
12.1. La elección de destinos se efectuará según el orden en el que las personas seleccionadas se encuentren en la
clasificación definitiva del proceso selectivo.
12.2. A estos efectos, al finalizar el proceso se elaborará una relación única en la que se incluirán todas y todos los
candidatos que hayan superado el concurso, ordenados por la puntuación total obtenida, con independencia del turno por
el que hayan participado.
12.3. Las personas que hayan sido admitidas por los turnos para personas con discapacidad podrán solicitar a la Presidencia
de la Institución convocante la alteración del orden de prelación para la elección de destino por motivos de dependencia
personal, dificultad de desplazamiento u otras análogas que deberán ser debidamente acreditadas. El órgano competente
para la adjudicación de los puestos de trabajo decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificada y
deberá limitarse a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesario para posibilitar el acceso al puesto de
la persona con discapacidad.
12.4. No obstante, si las plazas a ofertar fueran distintas dotaciones del mismo puesto o, siendo puestos distintos, sus
características fueran iguales o similares, se prescindirá del trámite de elección de destinos y la propuesta del Tribunal
Calificador dará lugar, sin más trámites, a la relación provisional de personas seleccionadas.
Decimotercera. Lista de personas seleccionadas.
Finalizado el plazo para realizar la elección de destinos, se elaborará una relación provisional que contendrá las personas
seleccionadas y el puesto que le corresponde a cada una. Esa relación se hará pública en el tablón de anuncios y se otorgará
un plazo de 10 días hábiles para interponer reclamaciones.
Finalizado el plazo de reclamaciones y una vez resueltas las que, en su caso, se hayan interpuesto, se publicará la relación
definitiva de personas seleccionadas y el puesto adjudicado a cada una.
Decimocuarta. Acreditación de requisitos.
14.1. Una vez publicada la relación definitiva de las personas seleccionadas, conforme a lo previsto en la base 6.3., éstas
dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación, para presentar en la
Institución convocante los documentos originales o copias compulsadas que sirvan para acreditar los requisitos de
participación en el proceso selectivo, siendo esos documentos los que se enumeran a continuación:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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