Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05989/2022)
Bases de convocatoria para la provisión de plazas vacantes de personal funcionario de carrera, por el sistema de concurso-oposición, correspondiente a la oferta de empleo público de estabilización. Grupo AP
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

Anuncio 5989/2022

acceso al empleo público de personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se
tendrá en cuenta que las mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del
nivel de suficiencia exigible para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el
formato del ejercicio a realizar.
La Diputación podrá recabar informes complementarios para determinar la capacidad funcional de la aspirante para las
funciones habitualmente desarrolladas por funcionarias/os integradas/os en las plazas objeto de las presentes bases.
Asimismo, en su caso, la Administración podrá solicitar informe del Centro de Atención a la Discapacidad en Extremadura,
CADEX, u organismo equivalente que acredite la compatibilidad de la persona aspirante para el desempeño de las tareas y
funciones de las plazas.
QUINTA.- ADMISIÓN.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución declarando aprobada
la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz, en el tablón de anuncios de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y en la página web de la Diputación
de Badajoz https://www.dip-badajoz.es/empleo/templeo/, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidas
y excluidas, con indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La subsanación se podrá realizar por el canal electrónico. Para ello, en la sede electrónica corporativa de la Diputación de
Badajoz se podrá acceder, durante el plazo de subsanación, al trámite habilitado al efecto en el que se adjuntará la
documentación oportuna en función de la causa de exclusión:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/contenedor.do?det_cod=160&ent_id=10&idioma=1
(trámite de Recursos Humanos y Régimen Interior: subsanación de la solicitud de admisión a pruebas selectivas).
Finalizado el plazo de subsanación, se publicará resolución elevando a definitiva la lista provisional con la inclusión de las
personas aspirantes que fueron excluidas y que hayan subsanado errores u omisiones. Así mismo, será publicado con la
debida antelación, el lugar, fecha y hora de inicio de los ejercicios y la composición del Tribunal de Selección.
Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz, así como en la página web de la misma. A efectos de cómputo de plazos, regirá la
fecha de publicación del correspondiente anuncio en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de la Diputación. Será
responsabilidad de cada persona aspirante, actuar con diligencia a la hora de consultar los diferentes medios de
información disponibles para hacer el seguimiento de la convocatoria.
SEXTA.- TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
Estará integrado por cinco miembros (una Presidencia, tres Vocalías y una Secretaría), designándose igual número de
suplentes. En la designación de las personas integrantes deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de
representación de cada sexo.
Quienes formen parte del Tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser personal funcionario/a de carrera y poseer una
titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como
observador/a una persona representante por cada organización sindical con representación en la Diputación de Badajoz.
Las y los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros
titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la Vocalía presente de mayor jerarquía,
antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo
aconsejase, el Tribunal, por medio de su Presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal, de
otro personal de Diputación o de otras administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
SÉPTIMA.- SISTEMA SELECTIVO.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.6 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre y en el artículo 2.4 de
la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la provisión de las plazas será el concurso-oposición.
- Oposición: 15 puntos. (60% de la puntuación total).
- Concurso: 10 puntos. (40% de la puntuación total).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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