Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06056/2022)
Bases de la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir dos plazas de Barrenderos del Ayuntamiento de Alconchel, mediante el sistema de concurso, como personal laboral fijo
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Ayuntamiento de Alconchel

Anuncio 6056/2022

haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos
el acceso al empleo público.
b) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el
servicio, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
c) Documento de afiliación a la Seguridad Social, en caso de disponer del mismo, y acreditación de número de
cuenta bancaria para el abono de retribuciones.
d) DNI o pasaporte en vigor o documento equivalente para los aspirantes no nacionales.
e) Documentos acreditativos de los méritos puntuados en el concurso.
f) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en
la Ley 53/84 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o solicitar aclaraciones o
información adicional, cuando se considere necesario.
Si dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor debidamente justificado, el aspirante propuesto no presentara la
documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser contratado como laboral fijo y quedarán anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Décima.- Recursos.
Contra la convocatoria y sus Bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por las personas interesadas
legitimadas uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Alconchel, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz o, a su
elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Extremadura, dentro del plazo de dos meses
contados desde el día siguiente al de la publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las presentes bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 896/1991, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de
Régimen Local; la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura y demás normas concordantes de
aplicación, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Undécima.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, el Ayuntamiento de Alconchel informa a las personas interesadas en el proceso selectivo objeto de
la presente convocatoria que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero titularidad del
Ayuntamiento de Alconchel cuya finalidad es la selección del personal y les reconoce la posibilidad de ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito acompañado de la fotocopia del DNI, o documento
equivalente, dirigido a la Sr. Alcalde, que podrá ser presentado en el registro general del Ayuntamiento de Alconchel
directamente o enviado por correo postal a la dirección del mismo.
La participación en el proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento de Alconchel para que proceda al
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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