Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06056/2022)
Bases de la convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir dos plazas de Barrenderos del Ayuntamiento de Alconchel, mediante el sistema de concurso, como personal laboral fijo
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Ayuntamiento de Alconchel

Anuncio 6056/2022

Agrupación Profesional, dentro de la plantilla de personal laboral, así como las retribuciones complementarias establecidas
en la relación de puestos de trabajo. Su régimen de derechos y obligaciones es el aplicable a los empleados públicos del
Ayuntamiento de Alconchel.
- Funciones y responsabilidades: Las propias de la naturaleza de los puestos de trabajo a desempeñar y que actualmente se
llevan a cabo en el Ayuntamiento de Alconchel, en cada una de las áreas en las que desempeñarán sus funciones.
Tercera. Requisitos de los aspirantes.
1. Para tomar parte en este procedimiento selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española Estado o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al
que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas,
ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Sin requisito de titulación prevista en el sistema educativo. Disposición Adicional Sexta deldel Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2. Los requisitos exigidos en estas bases estarán referidos a la fecha límite: finalización del plazo de presentación de
instancias y deberán mantenerse y conservarse hasta el momento del nombramiento como empleado público.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Los interesados en participar en el proceso selectivo, deberán presentar instancia (anexo I) en modelo normalizado, firmada
por el/la aspirante, haciendo declaración responsable de cumplimiento de todos y cada uno los requisitos exigidos en esta
convocatoria y una relación de los méritos a puntuar en el concurso, junto con una copia de la acreditación documental de
los mismos. Se adjuntará también:
Fotocopia DNI o pasaporte.
Documentación justificativa de los méritos a valorar en el concurso. La falta de acreditación de dichos méritos no
supondrá causa de exclusión al concurso, suponiendo únicamente, su no valoración.
No será necesario compulsar la documentación requerida, salvo quién resulte seleccionado, que lo hará con carácter previo
a la firma del contrato, en la fase de acreditación de requisitos y comprobación de documentación.
Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición
del interesado.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes. Solo podrán solicitar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
2. Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Alconchel, en días laborables, lunes a viernes, y
horario de oficina, 9:00 a 14:00 h, o en la forma establecida en artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante
el plazo de veinte días (20) a partir del siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado.
Quinta .Admisión/exclusión de aspirantes.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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