Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (05957/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir una plaza de Maestro/a de Educación Infantil, con destino en la Escuela Municipal de Educación Infantil
11 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Alconera

Anuncio 5957/2022

establecido en el artículo 56º del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:
1. Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57º del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por
ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo
público.
4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
5. Estar en posesión del título universitario de magisterio, especialidad en educación infantil, educación
preescolar o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de
instancias. La equivalencia deberá ser aportada por el/la aspirante mediante certificación expedida al efecto
por la Administración competente.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su
equivalencia a la titulación.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse
durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento o contratación.
TERCERA.- Forma y plazo de presentación de instancias.Las solicitudes (Anexo I) requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los/as aspirantes
harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr.
Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de Alconera y se presentarán en el registro electrónico general del Ayuntamiento o
en alguno de los lugares previstos en el artículo 16º.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la
publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los/as aspirantes deberán presentar junto con la instancia los documentos acreditativos de los méritos que alegan para la
fase de concurso. Asimismo deberán presentar el anexo de autobaremación (anexo II).
El autobaremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la puntuación definitiva
en todo caso, la fijada por el Tribunal de Selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso:
1.
2.
3.
4.

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
Fotocopia de la Titulación académica exigida en la convocatoria.
Informe de vida laboral actualizado a fecha de convocatoria.
Fotocopia de los contratos de trabajo o certificado de los servicios prestados en la Administración Pública emitidos
por órgano competente donde figuren los datos imprescindibles para poder valorarlos, denominación de la plaza,
grupo de clasificación y duración de la jornada.
5. Fotocopia de los Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
Serán subsanables los errores de hecho, señalados en el artículo 68º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 14º.3 del Real Decreto 203/2021, de 25 de junio, por
el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, como son los
datos personales de la persona interesada, lugar señalado a efectos de notificaciones, fecha, firma u órgano al que se dirige.
No será subsanable, por afectar al contenido esencial de la propia solicitud de sistema selectivo, al plazo de caducidad o a la
carencia de actuaciones esenciales:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 11