Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Garrovilla. Secretaría General (Badajoz). Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (06048/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco de la estabilización de empleo temporal para cubrir una plaza de Oficial de Soldadura en el Ayuntamiento de La Garrovilla
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Ayuntamiento de La Garrovilla

Anuncio 6048/2022

octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los miembros del Tribunal en quienes concurra un motivo de abstención deberán notificarlo a la Alcaldía, quien resolverá lo
que proceda.
Igualmente, en caso de recusación será la Alcaldía quien resolverá lo que proceda.
Los miembros del Tribunal no tratarán a título personal con los aspirantes cuestiones relacionadas con el proceso selectivo y
los instarán a que se dirijan al Tribunal Calificador por los medios establecidos en las bases de la convocatoria.
6.4. Reglas de actuación.
El Tribunal, sin perjuicio de lo dispuesto en las presentes bases, ajustará su actuación a las reglas establecidas en los
artículos 15 a 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todas las personas integrantes del Tribunal tendrán voz y voto. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos de las
presentes. Los empates se resolverán por el voto de calidad de quien ejerza la Presidencia.
En caso de ausencia o de enfermedad y, en general, cuando concurra alguna causa justificada, los integrantes titulares del
Tribunal serán sustituidos por sus respectivos suplentes.
En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal que afecte a la Presidencia y a su suplente, será sustituida por
el o la vocal de mayor antigüedad y edad, por este orden, entre los integrantes del Tribunal.
La sustitución de la Secretaría y de su suplente, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, recaerá en
cualquier otro integrante del Tribunal elegido por acuerdo mayoritario de éste.
6.5. Facultades.
El Tribunal actuará con plena autonomía funcional, será responsable de la objetividad del proceso selectivo y garantizará el
cumplimiento de las bases de la convocatoria. En su actuación se garantizarán los principios de independencia y
discrecionalidad técnica.
Asimismo, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, el Tribunal resolverá todas las dudas que surjan en la aplicación de las
presentes bases y tomará los acuerdos necesarios para el buen orden en el desarrollo de la convocatoria, estableciendo los
criterios que deban adoptarse en relación con los supuestos no previstos en las bases.
En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tiene conocimiento de la existencia de aspirantes que no cumplen
alguno de los requisitos exigidos para participar en la correspondiente convocatoria, previa audiencia de la persona
interesada deberá proponer su exclusión al órgano competente, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas
por el aspirante en la solicitud de participación.
El Tribunal se reserva la posibilidad de solicitar durante el proceso la documentación original, así como, en casos de duda,
cualquier documentación complementaria que considere necesaria para la correcta valoración de los méritos y/o el
cumplimiento de los requisitos.
6.6. Sede.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal Calificador tendrá su sede en la dirección de la Alcaldía del
Ayuntamiento de La Garrovilla.
SÉPTIMA. Sistemas de seleccióny desarrollo de los procesos
7.1 Procedimiento
De conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el
proceso selectivo se realizará por el sistema de concurso.
7.2 Fase de concurso
Los méritos objeto de valoración serán los siguientes:
a) Méritos profesionales, hasta un máximo de 60 puntos.
Servicios prestados como personal laboral temporal en la categoría profesional de la administración convocante; 0,90
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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