Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Talarrubias. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05852/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso libre de méritos para cubrir varias plazas en el Ayuntamiento de Talarrubias
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Ayuntamiento de Talarrubias

Anuncio 5852/2022

administración pública. También se valorarán los cursos organizados por los sindicatos al amparo de los
planes anuales de formación para el empleo del personal al servicio de la administración pública.
Tienen la consideración de administraciones públicas a los efectos de esta convocatoria la Administración
General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la
Administración Local y las Entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o
dependientes de cualquiera de las administraciones públicas (por ejemplo, organismos autónomos). Las
empresas públicas se rigen por el derecho privado, por lo que no tienen la consideración de administración
pública a estos efectos.
Se aportará copia de los diplomas o certificaciones de la formación. En todo caso se valorará una sola vez los
cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación, y se tendrá en cuenta
únicamente el de nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas
de realización y las horas de duración.
La valoración concreta de este apartado se establece en el anexo III de estas bases.
Base 13.ª.- Desempates.
En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán los siguientes, y por este
orden:
1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad en esta entidad local convocante ocupando el puesto
vinculado a la plaza objeto de la convocatoria.
2. Mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad en esta entidad local convocante en el mismo cuerpo,
escala, categoría o equivalente.
3. Mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad en cualquier otra administración pública en el mismo
cuerpo, escala, categoría o equivalente.
4. Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
Base 14.ª.- Alegaciones a las puntuaciones otorgadas.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio con las
puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
Podrán presentase alegaciones por escrito frente a las mencionadas puntuaciones desde el momento de su publicación, y
hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de dicho anuncio.
Base 15.ª.- Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente la resolución de aquéllas y la lista definitiva de personas baremadas, con indicación de la puntuación
definitiva obtenida, y remitirá al órgano convocante una propuesta para la cobertura en las plazas convocadas de quienes
hayan obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas y siguiendo
el orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
Base 16.ª.- Calendario.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal por el procedimiento extraordinario de
concurso de méritos se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del proceso selectivo. La resolución del
mismo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de que, como se ha señalado, para facilitar el desarrollo de los procesos de selección de
las diversas plazas incluidas en estas bases, sus convocatorias podrán ser objeto de publicaciones en el Boletín Oficial del
Estado de manera escalonada, ya sea de manera agrupada, incluyendo varias plazas a la vez, o individualizada, incluyendo
una sola, siendo la fecha de cada una de estas publicaciones, en cada caso, la que servirá para el cómputo del plazo para
presentar instancias para la plaza o plazas concreta/s contenida/s en cada convocatoria publicada en dicho Boletín. Por
tanto, podrá darse que los periodos establecidos para presentar las solicitudes no sean coincidentes en el tiempo.
Por tanto, los procesos selectivos de cada plaza pueden no desarrollarse de manera simultánea, aunque en todo caso se
respetará como límite para su finalización la fecha legal señalada en el apartado 16.1
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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