Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Recursos Humanos (Mérida). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05885/2022)
Convocatoria para la provisión de una plaza de Trabajador/a Social para el Programa de Atención a Familias, como personal laboral mediante concurso-oposición, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión

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d)6. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremado los méritos correspondientes al concurso-oposición, el Tribunal de selección publicará en la sede
electrónica un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a partir del día
siguiente a la publicación en sede electrónica de las mismas.
d)7. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal calificador para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente en la Sede Electrónica, la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con
indicación de la puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Presidencia de la Corporación.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la Administración, dentro del plazo de 10 días hábiles desde que se publican en
la Sede electrónica de esta Mancomunidad, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos
exigidos en la convocatoria.
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Presentada la documentación exigida y superado el examen médico preceptivo, se procederá a la formalización del
correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que quince días. El periodo de
prueba será de tres meses. Superado este periodo se culmina el proceso y el o la trabajadora adquirirá la condición de
empleado público.
Formalizado el contrato, deberá comunicarse a la oficina de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes
a su concertación. Asimismo, deberá informarse a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una
copia básica de los contratos celebrados.
Con aquellas personas que, habiendo participado en el proceso selectivo, y no habiendo superado éste, sí hayan obtenido
30 puntos, se procederá a la inclusión en bolsas de personal laboral temporal de interinos específicas, por orden de
puntuación. Tendrá una vigencia máxima de tres años y se entenderá automáticamente prorrogada si no se constituyese
nueva Bolsa. Esta bolsa de empleo sustituirá a cualesquier otra existente.
OCTAVA. INCOMPATIBILIDADES
Los/las aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
NOVENA. INCIDENCIAS
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Presidencia, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente o, a su elección, el
que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial
de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.
En Zafra, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Francisco Delgado Álvarez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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