Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05862/2022)
Bases por la que se convoca a concurso una plaza de Jardinero y una plaza de Limpiador Colegio Público acogidas al proceso de estabilización extraordinario del empleo público en el Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
11 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

Anuncio 5862/2022

La antigüedad en el Ayuntamiento de Burguillos del Cerro, se comprobará de oficio.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo
establecido en las presentes bases.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación dictará
Resolución declarando aprobada la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución,
que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Burguillos del Cerro, se hará pública la lista completa de personas aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación del plazo de subsanación previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y
en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro resolución elevando a definitiva la lista
provisional con la inclusión de los aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u
omisiones, determinando lugar, fecha y hora de inicio del procedimiento y los componentes del Tribunal
Calificador.
3. Cuantos actos se deriven del desarrollo de la convocatoria serán objeto de publicación en la Sede
Electrónica del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. A efectos de cómputo de plazos, regirá la fecha de
publicación del correspondiente anuncio en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burguillos del Cerro.
4. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas
aspirantes. El Tribunal Calificador, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que
correspondan, concederá o denegará las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
5. La publicación de la Resolución aprobatoria de las listas definitivas en el BOP de Badajoz será determinante
de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Sexta.- Tribunal Calificador.
1. El Tribunal Calificador estará constituido de la siguiente forma:
- Un Presidente: Un empleado público nombrado por la Alcaldía.
- Un Secretario: El de la Corporación o empleado público en quien delegue.
- Vocales: Tres empleados públicos nombrado por la Alcaldía del Ayuntamiento de Burguillos
del Cerro
2. Se deberá asignar igual número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los
principios de imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres, si fuera
posible.
3. Puede asistir como observador un representante por cada organización sindical más representativa y un
representante de cada partido político con representación municipal.
4. Los miembros del Tribunal están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los
artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, del Presidente y Secretario o, en su caso, de
quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, del resto de sus miembros. En ausencia del Presidente le
sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden.
6. El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las
cuestiones que puedan suscitarse durante el proceso selectivo, así como para adoptar las medidas necesarias
que garanticen el debido orden en las mismas en todo en lo no previsto en las bases.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 11