Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (05855/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación Provincial de Badajoz y su sector público para el ejercicio 2023 y documentación anexa
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Delegación de Economía y Hacienda

Anuncio 5855/2022

con la aprobación del presupuesto, debiendo ser objeto de revisión anual, añadiendo un nuevo ejercicio a sus previsiones.
De conformidad con el artículo 3.3.g) el RD 128/2018, se acompañará al expediente de Presupuestos completo, informe de
Secretaría General.
7. El expediente presupuestario será remitido al Pleno para su aprobación provisional. Aprobado inicialmente el
presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia, por 15 días, durante los
cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará
definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno
dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Base 4ª. Estructura presupuestaria.
La estructura del Presupuesto General se ajusta a la Orden EHA/3565/2008 de 3 de diciembre, modificada por Orden
HAP/419/2014, de 14 de marzo, clasificándose los créditos consignados en el Estado de Gastos, con los criterios orgánico,
por programas y económico.
La aplicación presupuestaria se define, en consecuencia, por la conjunción de las clasificaciones orgánica, por programas y
económica, constituyendo la unidad sobre la que se efectuará el registro contable de las operaciones de ejecución del gasto.
El control se realizará al nivel de vinculación que se establece en la Base 12.
Conforme a lo previamente determinado, se prevén las siguientes clasificaciones:
1. Orgánica: Constará de dos dígitos identificativos del Área que provoque el gasto o tenga a su cargo la
gestión del crédito, y a su vez con tres dígitos y denominada orgánica, se definen los Servicios o centros de
costes en que se estructura y que a su vez gestionan sus propios créditos.
a. Con la finalidad de mejorar la gestión de los planes provinciales, se podrán crear orgánicas
específicas para cada uno , que tendrán como primer dígito el número 3 y los siguiente dos
serán los identificativos de cada plan.
b. Si durante el ejercicio se aprueban nuevos planes al presupuesto corriente se podrán crear
tantas orgánicas como planes se incorporen.
c. A los efectos anteriormente expresados, la Clasificación Orgánica será la siguiente:

ÁREA

ORGÁNICA

00. ORGANOS DE GOBIERNO Y
DIRECCIÓN

000. CARGOS ELECTIVOS
001. GRUPOS POLÍTICOS

10. ÁREAS DE PRESIDENCIA Y
RELACIONES INSTITUCIONALES

100. DIRECCIÓN DEL ÁREA DE PRESIDENCIA
101. GABINETE DE PRESIDENCIA
102. SECRETARIA GENERAL
103. GABINETE DE ASUNTOS JUDICIALES
107. DEPARTAMENTO DE PROTOCOLO
108. GABINETE DE COMUNICACIÓN
109. TRANSPARENCIA Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

11. CULTURA Y DEPORTES

111. SERVICIOS CENTRALES DE CULTURA Y DEPORTES
112. ARCHIVO PROVINCIAL
113. SERVICIO PROVINCIAL DE BIBLIOTECAS
114. CENTRO DE ESTUDIOS EXTREMEÑOS
115. MUSEO PROVINCIAL DE BELLAS ARTES
116. CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA BONIFACIO GIL
118. CONSERVATORIO PROFESIONAL DE MÚSICA JUAN
VAZQUEZ

12. COOPERACIÓN MUNICIPAL

120. ASESORAMIENTO A EELL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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