Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (05855/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación Provincial de Badajoz y su sector público para el ejercicio 2023 y documentación anexa
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Delegación de Economía y Hacienda

Anuncio 5855/2022

operaciones de ejecución del Presupuesto de Gastos hasta la fase que corresponda (R/ P/ O/ D/ A/ RC/ o PMP/), en función
de la razón que lo motivó.
La competencia para el acuerdo de reintegro corresponde al Diputado delegado en materia de Economía y Hacienda a
propuesta del Área gestora con el alcance de su delegación y en su caso, con la validación de la delegación que la coordina.
Serán Reintegros de presupuestos cerrados aquellos en los que el reconocimiento de la obligación, el pago material y el
reintegro no se produzcan en el mismo ejercicio presupuestario, constituye un ingreso para la entidad en el concepto que
corresponda según la naturaleza corriente o de capital de origen.
Si el reintegro se realiza de oficio por el tercero, la Tesorería, constatado el ingreso, lo comunicará al Centro gestor que
comprobará la corrección del mismo e igualmente emitirá propuesta de Resolución en el sentido que corresponda.
Si resultara cantidad pendiente a ingresar, corresponderá la tramitación del expediente al Centro Gestor competente por
razón del gasto producido. La resolución que en su caso se dicte, previamente notificada al interesado, será comunicada a
tesorería a los efectos de gestión de cobro.
5.- Las retrocesiones de pagos.
Cuando por error en número de cuenta u otra incidencia similar, se produzca una retrocesión de un pago material, sin que
sea procedente anular ni pago ni la obligación del que deriva, se registrará como ingreso no presupuestario el abono en
cuenta producido. El pago al tercero se producirá en cuanto se disponga de los datos correctos, generando un
mandamiento de pago no presupuestario en favor del mismo que será tramitado con nota de conformidad.
SECCIÓN TERCERA. Ejecución del Presupuesto de Ingresos.
Base 31ª. Reconocimiento de Derechos.
Incumbe a las diferentes áreas gestoras la tramitación del correspondiente expediente en aras a la determinación de
deudas de terceros que deban ser objeto de resolución de liquidación previa. El expediente contendrá informe propuesta
del centro gestor que sirva de base a la resolución de liquidación que apruebe, previa fiscalización, si procede, el diputado
delegado, según la base 21, e incluirá la liquidación de los intereses que procedan en su caso.
El informe propuesto y la resolución debidamente notificada al/los tercero/s con indicación de los plazos de ingresos,
recursos y demás advertencias que procedan, se remitirá seguidamente a Tesorería. Contabilizada y firmada según los
procedimientos establecidos por el área económica, los trámites subsiguientes son los que corresponden en aras a la
realización material del ingreso.
A estos efectos, el área económica tendrá la consideración de "gestora" respecto a aquellos expedientes que se inicien y
tramiten directamente.
En los reconocimientos de derechos en caso de Convenios, subvenciones y otros relativos a financiación de proyectos,
corresponden a la presidencia y se contabilizarán una vez cumplido el compromiso o realizada la actividad afecta y
verificada, en su caso, por auditor externo, que será comunicada a la Intervención para su contabilización.
Con carácter general, los compromisos de ingresos, reconocimiento de derechos e ingresos serán contabilizados por la
Tesorería con toma de razón de la intervención, salvo los derechos reconocidos procedentes de ingresos afectados que
serán contabilizados por la Intervención salvo que se haya producido previamente el ingreso al reconocimiento del derecho,
en cuyo caso, podrá contabilizarse un ingreso de contraído simultáneo por Tesorería, una vez creado el proyecto por
Intervención si fuera necesario. Todo ello, sin perjuicio de la competencia de la Intervención en asentar la operación en
contabilidad.
En los supuestos regulados en el Reglamento de Control Interno del Sector Público Provincial, además se requerirá
fiscalización previa por la Intervención Provincial, quien contabilizará los CI y RD.
Se reconocerán los derechos con los siguientes criterios:
1. En caso de proyectos financiados con fondos europeos, o bien con el ingreso percibido, o bien con la comunicación
fehaciente al órgano concedente, de las obligaciones reconocidas con cargo al proyecto que se financian con dichos
derechos.
2. En el resto de supuestos de subvenciones, conforme a la ICAL Normal, norma de valoración 18ª, se reconocerán
simultáneamente al registro del ingreso presupuestario de conformidad. No obstante, se reconocerán con
anterioridad al ingreso cuando se hayan cumplido las condiciones establecidas para su percepción, por lo que
procederá el derecho reconocido, cuando se realice el reconocimiento de la obligación por parte del financiador.
3. En el caso de las operaciones de crédito, con el ingreso efectivo del mismo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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