Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (05855/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación Provincial de Badajoz y su sector público para el ejercicio 2023 y documentación anexa
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Delegación de Economía y Hacienda
Anuncio 5855/2022
Se remitirá expediente a la Intervención, que emitirá informe de control interno, junto con el informe de verificación del
cumplimiento de la estabilidad y regla de gasto, el expediente se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación,
previo dictamen, con sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos, siéndoles de aplicación, asimismo,
las normas sobre información, reclamaciones y publicidad del Art. 169 del TRLRHL y las normas generales de tramitación de
estas bases.
Base 16ª. Ampliación de crédito.
Ampliación de crédito es la modificación al alza del Presupuesto de gastos que se concreta en el aumento de crédito
presupuestario en alguna de las aplicaciones presupuestarias ampliables relacionadas expresa y taxativamente en las Bases
de Ejecución. Estas aplicaciones presupuestarias se corresponden con gastos financiados con recursos expresamente
afectados (art. 178 del TRLRHL), debiendo acreditarse la ampliación de crédito con el reconocimiento en firme de mayores
derechos sobre los previstos en el Presupuesto de ingresos que se encuentren afectados al crédito que se pretende ampliar.
En el vigente Presupuesto se declaran ampliables las siguientes aplicaciones presupuestarias de gastos:
EN EL PRESUPUESTO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL
Aplicación de gastos
Aplicación de ingresos
140/92000/831000. Anticipos de sueldos y salarios del
personal
140/83100 Reintegro de anticipos al personal
240/93300/22200 Servicio de telecomunicaciones
170/33800 Compensación de Telefónica de España
S.A.
EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN
Aplicación de gastos
291/93200/83100 Anticipos de sueldos y salarios del personal
Aplicación de ingresos
291/83100 Reintegro de anticipos al personal
EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO PATRONATO DE LA ESCUELA DE TAUROMAQUIA
Aplicación de gastos
271/33801/83100 Anticipos de sueldos y salarios del personal
Aplicación de ingresos
271/83100 Reintegro de anticipos al personal
La tramitación del Expediente de Ampliación de Crédito, se ajustará a los siguientes pasos:
1. Memoria Justificativa del Centro Gestor afectado, formulada por el responsable administrativo del mismo, en la que
se concretará las aplicaciones a incrementar, así como la especificación del reconocimiento en firme de mayores
derechos de los previstos en el Presupuesto de Ingresos que se encuentren afectados al crédito que se pretende
ampliar.
2. Decreto de incoación del Diputado delegado con competencias en materia de Economía y Hacienda.
3. Propuesta Técnica del director del Área con competencias en materia de Economía y Hacienda, de calificación y la
tramitación de la Modificación, validada por el Diputado del mismo Área.
4. Informe de control interno de la Intervención.
5. Informe de verificación del cumplimiento de la estabilidad y regla de gasto.
6. Acuerdo del Diputado delegado con competencias en materia de Economía y Hacienda con el alcance de la
delegación atribuido
Base 17ª. Transferencia de Crédito.
1. Concepto. La transferencia de crédito es aquella modificación del Presupuesto de gastos mediante la que, sin alterar la
cuantía total del mismo, se imputa/traspasa el importe total o parcial de un crédito a otras aplicaciones presupuestarias con
diferentes niveles de vinculación jurídica.
Conforme a las consultas realizadas a la IGAE 8/1995, y lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria para el Estado, se
podrán, por tanto, crear aplicaciones nuevas por transferencias de créditos por decreto, cuando no exista dicha aplicación,
ni crédito en la bolsa de vinculación que le corresponda, siempre y cuando se cumplan las condiciones propias de la
naturaleza de dicha modificación.
2. Límites. La Transferencia puede realizarse entre los diferentes créditos del presupuesto, incluso aunque esto suponga la
creación de aplicaciones presupuestarias nuevas, con las siguientes restricciones:
1. No afectarán a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio.
2. No podrán minorarse los créditos incrementados con suplementos o transferencias, salvo si afectan a créditos de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se remitirá expediente a la Intervención, que emitirá informe de control interno, junto con el informe de verificación del
cumplimiento de la estabilidad y regla de gasto, el expediente se someterá a la aprobación del Pleno de la Corporación,
previo dictamen, con sujeción a los mismos trámites y requisitos que los Presupuestos, siéndoles de aplicación, asimismo,
las normas sobre información, reclamaciones y publicidad del Art. 169 del TRLRHL y las normas generales de tramitación de
estas bases.
Base 16ª. Ampliación de crédito.
Ampliación de crédito es la modificación al alza del Presupuesto de gastos que se concreta en el aumento de crédito
presupuestario en alguna de las aplicaciones presupuestarias ampliables relacionadas expresa y taxativamente en las Bases
de Ejecución. Estas aplicaciones presupuestarias se corresponden con gastos financiados con recursos expresamente
afectados (art. 178 del TRLRHL), debiendo acreditarse la ampliación de crédito con el reconocimiento en firme de mayores
derechos sobre los previstos en el Presupuesto de ingresos que se encuentren afectados al crédito que se pretende ampliar.
En el vigente Presupuesto se declaran ampliables las siguientes aplicaciones presupuestarias de gastos:
EN EL PRESUPUESTO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL
Aplicación de gastos
Aplicación de ingresos
140/92000/831000. Anticipos de sueldos y salarios del
personal
140/83100 Reintegro de anticipos al personal
240/93300/22200 Servicio de telecomunicaciones
170/33800 Compensación de Telefónica de España
S.A.
EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN
Aplicación de gastos
291/93200/83100 Anticipos de sueldos y salarios del personal
Aplicación de ingresos
291/83100 Reintegro de anticipos al personal
EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO PATRONATO DE LA ESCUELA DE TAUROMAQUIA
Aplicación de gastos
271/33801/83100 Anticipos de sueldos y salarios del personal
Aplicación de ingresos
271/83100 Reintegro de anticipos al personal
La tramitación del Expediente de Ampliación de Crédito, se ajustará a los siguientes pasos:
1. Memoria Justificativa del Centro Gestor afectado, formulada por el responsable administrativo del mismo, en la que
se concretará las aplicaciones a incrementar, así como la especificación del reconocimiento en firme de mayores
derechos de los previstos en el Presupuesto de Ingresos que se encuentren afectados al crédito que se pretende
ampliar.
2. Decreto de incoación del Diputado delegado con competencias en materia de Economía y Hacienda.
3. Propuesta Técnica del director del Área con competencias en materia de Economía y Hacienda, de calificación y la
tramitación de la Modificación, validada por el Diputado del mismo Área.
4. Informe de control interno de la Intervención.
5. Informe de verificación del cumplimiento de la estabilidad y regla de gasto.
6. Acuerdo del Diputado delegado con competencias en materia de Economía y Hacienda con el alcance de la
delegación atribuido
Base 17ª. Transferencia de Crédito.
1. Concepto. La transferencia de crédito es aquella modificación del Presupuesto de gastos mediante la que, sin alterar la
cuantía total del mismo, se imputa/traspasa el importe total o parcial de un crédito a otras aplicaciones presupuestarias con
diferentes niveles de vinculación jurídica.
Conforme a las consultas realizadas a la IGAE 8/1995, y lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria para el Estado, se
podrán, por tanto, crear aplicaciones nuevas por transferencias de créditos por decreto, cuando no exista dicha aplicación,
ni crédito en la bolsa de vinculación que le corresponda, siempre y cuando se cumplan las condiciones propias de la
naturaleza de dicha modificación.
2. Límites. La Transferencia puede realizarse entre los diferentes créditos del presupuesto, incluso aunque esto suponga la
creación de aplicaciones presupuestarias nuevas, con las siguientes restricciones:
1. No afectarán a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio.
2. No podrán minorarse los créditos incrementados con suplementos o transferencias, salvo si afectan a créditos de
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