Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Lobón. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (05846/2022)
Convocatoria para la provisión de tres puestos de trabajo de diversas categorías para el Ayuntamiento de Lobón, como personal laboral fijo mediante concurso, incluidos en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Lobón

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- Copia de los títulos y/o certificados de la asistencia a los cursos o actividades de formación.

8.6. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremado los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de Selección publicará en la sede electrónica,
página web y tablón de anuncios municipal, un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a partir del día
siguiente a la publicación.
8.7.- Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal Calificador para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste publicará
posteriormente en la sede electrónica, pagina web y tablón de anuncios municipal, la resolución de las alegaciones y la lista
definitiva de personas aprobadas, con indicación de la puntuación definitiva obtenida, elevándose a la Alcaldía.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes
que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el
orden de puntuación obtenida de mayor a menor.
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante la administración, dentro del plazo de 10 días hábiles desde la publicación, los
documentos justificativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Presentada la documentación exigida, se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la
incorporación al puesto de trabajo dentro del plazo que quince días. El periodo de prueba será de tres meses. Superado
este periodo, se culmina el proceso y el/a trabajador/a adquirirá la condición de empleado/a público/a.
Novena. Incompatibilidades.
Los/las aspirantes propuestos/as quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley
53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás
normativa aplicable.
Décima. Incidencias.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de
reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente o, a su elección, el
que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial
de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real
Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, con carácter supletorio.
Lobón, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Roberto Romero Gragera.
______________
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD
1.- Datos Personales:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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