Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bienvenida. (05732/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de Peón de Servicios Múltiples como personal laboral mediante concurso, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Bienvenida

Anuncio 5732/2022

cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad manifiesta en su solicitud, que genere
competencia desleal de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la
persona interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano
que hubiera aprobado la relación definitiva de personas aspirantes admitidas, comunicando las falsedades o
actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la resolución de dicho órgano podrán
interponerse los recursos administrativos que procedan.
El lugar, fecha y hora celebración de la evaluación curso de méritos será efectuado mediante anuncio de la
Alcaldía que se expondrán el tablón de edictos del Ayuntamiento.
Finalizado la valoración de méritos el Tribunal Calificador efectuará una lista de la valoración de los méritos,
proponiendo a la Alcaldía el nombramiento del personal correspondiente.
Séptima.- Calificación
La puntuación de todos los méritos será de máximo 10 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no
lleguen a 5 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.
Octava.- Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento
8.1 Periodo de reclamaciones
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio
con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días hábiles (5), a
partir del día siguiente a la publicación de las mismas en el apartado "tablón de anuncios" de la sede
electrónica del Ayuntamiento de Bienvenida http://bienvenida.sedelectronica.es.
8,2. Lista definitiva de personal seleccionado.
Convocado, en su caso, el Tribunal de Selección para resolver las alegaciones a las puntuaciones, éste
publicará posteriormente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Bienvenida
http://bienvenida.sedelectronica.es, la resolución de las alegaciones y la lista definitiva con la designación de
la persona aprobada, con indicación de la puntuación definitiva obtenida, y remitirá a la Alcaldía-Presidencia
del Ayuntamiento de Bienvenida, una propuesta para la cobertura en la plaza convocada, de quien haya
obtenido la mayor puntuación total.
Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquella
persona aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación, a la que le será adjudicada la plaza.
Una vez terminada la baremación y consideradas las reclamaciones presentadas, el Tribunal hará pública la
relación de aspirantes por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento
http://bienvenida.sedelectronica.es y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Al tiempo el Tribunal hará una propuesta para adjudicación en la plaza convocada, de quien haya obtenido la
mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral fijo de un número
superior de aspirantes al de la plaza convocada, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos que
contravengan esta limitación.
El/la aspirante propuesto/a acreditará ante el Ayuntamiento de Bienvenida, dentro del plazo de diez días
hábiles (10) desde que se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento, los documentos justificativos
de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, la persona opositora propuesta no presentase
sus documentos o no reuniese los requisitos exigidos, no podrá adquirir la condición de personal laboral fijo,
y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir
por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso, la Presidencia del
Tribunal formulará propuesta a favor de la siguiente persona candidata por orden de puntuación de la
calificación final que tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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