Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bienvenida. (05732/2022)
Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de Peón de Servicios Múltiples como personal laboral mediante concurso, incluida en la oferta de empleo público para estabilización
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Ayuntamiento de Bienvenida

Anuncio 5732/2022

hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo
que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización de
tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las bolsas de trabajo en que
se encontrará la persona afectada.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta bolsa de trabajo tendrá una vigencia máxima de 5 años.
Décimo primera.- Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas, y demás normativa aplicable.
Décimo segunda.- Legislación.
A la presente convocatoria le será de aplicación la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público, Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 40/2015, de 1 de
octubre; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril; en lo que resulte aplicable, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; la Ley
13/2015, de 8 de abril y el Decreto201/1995, de 26 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
en lo que no contradigan al Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; las bases de
la convocatoria; supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Décimo tercera Protección de datos de carácter personal.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los
derechos digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, el tratamiento de los datos de
carácter personal es necesario en el cumplimiento de una misión realizada en interés público.
13.1.- Información sobre protección de datos:
13.1.a.- Responsable:
- Ayuntamiento de Bienvenida.
- Dirección. Plaza de España número1-06250 Bienvenida-Badajoz.
13.1.b.- Finalidad del tratamiento:
- La finalidad del tratamiento es la de gestionar y tramitar la participación en la convocatoria de las pruebas
selectivas, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, con el fin de analizar la idoneidad de los candidatos.
- No se emplearán los datos para decisiones automatizadas.
13.1.c Legitimación:
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público.
13.1.d.- Personas destinatarias de cesiones o transferencias:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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