Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahillones. (05753/2022)
Bases de convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local, personal laboral fijo, en el turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Ahillones

Anuncio 5753/2022

apreciados libremente por el Tribunal motivadamente, comporta que no podrá presentarse con posterioridad, toda vez que
en plazo concedido para, subsanación o mejora, dicho trámite solo podrá realizarse sobre lo ya presentado. No pudiendo
ser valorada por el Tribunal.
6.3.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se hará constar las calificaciones de los
ejercicios de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
7.ª.- Proceso selectivo y valoración de méritos.
7.1.- Fase de concurso: Tras la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos, por parte del Tribunal se procederá
a la baremación de los méritos alegados por los aspirantes, para ser valorados, de acuerdo a los criterios que figuran en el
anexo II.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier administración bajo la modalidad de contratos de trabajo
temporales de colaboración social, celebrados al amparo del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
7.2.- Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles para posibles
reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar, la lista definitiva de aspirantes por orden de puntuación.
En caso de que, dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a efectos de
desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1. Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional:
a) Experiencia en el Ayuntamiento de Ahillones.
2. Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional:
b) Experiencia en otras administraciones públicas.
3. Mayor puntuación en el apartado de formación complementaria.
4. Por sorteo.
8.ª.- Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
8.1.- Finalizadas la baremación del concurso, el Tribunal formará relación comprensiva de los aspirantes por orden de
puntuación obtenida y elevará al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento la propuesta de nombramiento del aspirante
seleccionado que mayor puntuación haya obtenido.
En ningún caso el Tribunal podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al
de plazas convocadas.
8.2.- En el plazo máximo de 20 días naturales a contar desde la última sesión de la oposición, los aspirantes propuestos por
el Tribunal, presentarán en la sección de personal los siguientes documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la
base 2.ª:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación.
c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades
autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución
judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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