Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ahillones. (05753/2022)
Bases de convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local, personal laboral fijo, en el turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Ahillones

Anuncio 5753/2022

tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ahillones, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ahillones:
https://sede.ahillones.es//.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de exclusión o aleguen respecto a la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las
pruebas.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará la relación nominal de los miembros del Tribunal Calificador y la
fecha, lugar y hora de celebración del concurso en el que consistirá el proceso selectivo.
4.3.- Contra las resoluciones a que se refieren las presentes bases, así como contra aquellas otras que resuelvan la
subsanación de defectos u omisión de inclusión, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo conforme a la Ley
reguladora de dicha jurisdicción o cualquiera otro que se estime oportuno.
5.ª.- Tribunal Calificador.
1. El Tribunal Calificador será nombrado por resolución de la Alcaldía, ajustando su composición a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, de conformidad con lo establecido en el Texto Refundido del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
2. El Tribunal será un órgano colegiado y estará formado por cinco miembros: un Presidente y cuatro vocales, actuando uno
de ellos de Secretario/a y su composición atenderá al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, salvo por
razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas.
3. La designación de los miembros del Tribunal será a título individual e incluirá la de las respectivas personas suplentes. Los
vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas
convocadas.
4. Para la constitución y actuación válidas del Tribunal se requerirá la presencia de la mitad más uno de sus miembros
titulares o suplentes, y siempre la del/la Presidente y Secretario/a.
5. El Tribunal está facultado para resolver cualquier incidencia y para tomar los acuerdos necesarios para llevar a buen fin el
proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases o en la legislación aplicable. Adoptará sus decisiones por mayoría de
los miembros presentes, mediante votación nominal y, en caso de empate, se repetirá la votación, en la que, si persiste el
empate, éste lo decidirá la presidencia con su voto de calidad.
6. El/la Secretario/a del Tribunal levantará acta de las sesiones que deberán ser leídas, aprobadas y firmadas al comienzo de
cada una de ellas. El acta final en la que figurará la propuesta de nombramiento deberá ser firmada por todas las personas
componentes del Tribunal.
7. Los aspirantes podrán recusar a cualquiera de los miembros del Tribunal y estos deberán abstenerse de actuar si en ellos
concurre alguna de las circunstancias del art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público,
siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 24 de esta misma Ley.
8. El Tribunal tendrá la categoría: Tercera conforme a lo preceptuado en el RD 462/2002, de 24 de mayo, Indemnizaciones
por razón del servicio.
6.ª.- Comienzo y desarrollo del proceso selectivo.
6.1.- Las pruebas selectivas del concurso, no podrán comenzar hasta transcurridos al menos un mes desde la publicación
del anuncio correspondiente, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tras la publicación íntegra de la bases en el Boletín Oficial
de la Provincia de Badajoz (BOP) y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), y no podrá exceder de nueve meses el tiempo
comprendido entre dicha publicación y la finalización de los ejercicios, salvo causa extraordinaria justificada.
Se celebrarán los días, hora y lugar que por resolución de la Alcaldía se determine y se publique en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ahillones: https://sede.ahillones.es/.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos
en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ahillones, y en su sede electrónica: https://sede.ahillones.es/.
6.2.- Los aspirantes deberán aportar junto con la solicitud y en el plazo concedido para la presentación de la misma, toda la
documentación acreditativa de los méritos a valorar en el concurso.
La no presentación de dicha documentación en el referido plazo, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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