Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (05780/2022)
Bases de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de Auxiliar Administrativo acogida al proceso excepcional de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Almendralejo

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b) Memoria funcional: Para delimitar los conocimientos profesionales y formativos aplicados al
puesto de trabajo convocado. Tendrá una valoración máxima de 1 punto.
b).1.- Presentación de la memoria. La personas interesadas deberán elaborar y
presentar, junto con la solicitud de participación en el proceso, una memoria
consistente en una propuesta de mejora de las funciones y tareas del puesto
correspondiente a la plaza objeto de la convocatoria y de los requisitos,
condiciones y medios necesarios para su desempeño.
La memoria que tendrá una extensión mínima de 4 y máxima de 10 folios
mecanografiados a doble espacio y a doble cara.
b).2.- Defensa de la memoria. Para permitir al Tribunal de selección verificar la
adecuación formación, perfeccionamiento y reciclado para el desempeño
adecuado de la plaza objeto de la convocatoria.
La defensa o lectura de la memoria no podrá exceder de 15 minutos, pudiendo
el Tribunal de selección pedir las aclaraciones o realizar las preguntas que se
estime necesario en relación con su contenido.
A tal efecto, el Tribunal, una vez examinada la memoria, señalará el día y hora de
la lectura y defensa de la memoria presentada, con una antelación de, al menos,
5 días hábiles a su comienzo.
b).3.- Valoración de la memoria y su defensa. Se establecen los siguientes
criterios de corrección: Formato y estructura máximo de 0,25 puntos, contenido
y descripción de la actividad máximo 0,5 puntos, y 0,25 puntos a la exposición. La
valoración deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media
aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal de
selección.
La memoria y su defensa se puntuarán con cero puntos en caso de que la
persona aspirante no aportara este mérito o no realizase ante el Tribunal su
defensa o lectura.
b).4.- Emplazamiento a la defensa de la memoria. El orden de actuación en la
defensa de la memoria se determinará, antes de su comienzo, mediante sorteo
público. Serán convocadas en llamamiento único, deberán ir provistas del DNI,
suponiendo su no presentación, en el momento de ser llamada.
No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan
impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que
esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá entrevistar a
las personas afectadas por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado
la prueba correspondiente o, de haber finalizado, cuando no entorpezca el
desarrollo de la convocatoria con perjuicio para el interés general o de terceros.

Octava.- Calificación del proceso selectivo.
La calificación definitiva vendrá dada por la suma de todos los puntos obtenidos por aplicación de lo previsto en la base
séptima.
Concluida la valoración de los méritos, el Tribunal publicará las puntuaciones totales otorgadas a los aspirantes, desglosada
por cada uno de los apartados, disponiendo las personas interesadas de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación del anuncio, para efectuar reclamaciones ante el Tribunal.
Resueltas las reclamaciones, o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido presentadas, el Tribunal hará públicas
en la página web de empleo público la puntuación total de la fase de concurso.
En caso de empate se resolverá atendiendo, en primer lugar, a la mayor antigüedad como personal funcionario interino,
contratado temporal o indefinido no fijo en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a la plaza objeto de
esta convocatoria desde el 1 de enero de 2016, en adelante. De persistir el empate se atenderá a la mayor antigüedad en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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